22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Chile: más restricciones a los abusadores de menores

Un estudio reveló que en el 40 por ciento de las sentencias por delitos sexuales no se aplican restricciones, tales como la prohibición de estar en contacto con niños. Un proyecto de ley pretende que la aplicación de penas accesorias sea obligatoria.

 
Un estudio reveló que en cuatro de cada 10 condenas por delitos sexuales contra menores de edad el condenado sólo recibe la pena, pero ninguna acción por parte del Estado tendiente a controlar sus futuras acciones o el contacto con niños y niñas.

El trabajo de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violentos de Chile señala que en el 40 por ciento de las 934 condenas por delitos sexuales la Justicia no aplica la pena accesoria para que al condenado se le prohíba trabajar con menores de edad.

También señala que de 994 causas que se relevaron entre el 2004 y julio del 2007, en el 38,6 por ciento de las condenas no se aplicó ninguna orden de vigilancia por parte de las autoridades.

Ante las estadísticas el presidente de la Cámara de Diputados de Chile, Patricio Walker, presentará un proyecto para que las penas accesorias sean aplicadas obligatoriamente y que sean las que prohíban a los condenados por delitos sexuales trabajar con menores de edad durante 10 años.

Walker explicó que el objetivo de la iniciativa es “resguardar la seguridad de los menores y evitar que quienes han sido condenados reincidan en ambientes cercanos a menores, recordemos que lamentablemente hemos conocido casos de profesores vinculados a estos delitos y las familias merecen la tranquilidad de saber que quienes estén cerca de sus niños no sean personas condenadas por estos horribles delitos”.

El proyecto será acompañado con una reunión entre Walker y el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Chile, Urbano Marín. El Titular de la Cámara de Diputados sostuvo que se reunirá ira para reiterarle que “es obligatorio aplicar las penas accesorias, porque no hay excusa alguna para no aplicar la ley”.



dju / dju
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