De ese modo el legislador respondió al reclamo que en ese sentido formuló el presidente Fernando de la Rúa el martes último durante la reunión del gabinete nacional para impulsar una pronta sanción de la norma.
De ese modo, será incorporado al Código Penal, como nuevo artículo, el 41 bis, que contempla que, “cuando algunos de los delitos previstos se cometiera con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego, la escala penal prevista para el delito de que se trate se elevará a un tercio en su mínimo y en su máximo, sin que ésta pueda exceder el máximo legal de la especie de pena que corresponda”.
“Este agravante no será aplicable cuando la circunstancia mencionada en ella ya se encuentre contemplada como elemento constitutivo o calificante del delito que se trate”.
Agúndez, manifestó que “es evidente en esta coyuntura son necesarias algunas reformas que den solución a un problema muy específico como son delitos tentados o consumados con armas de fuego. Algunas estadísticas elaboradas sobre series cronológicas de los últimos años, muestran una tendencia creciente de delitos cometidos en el conurbano bonaerense, en particular robos con armas de fuego y homicidios como consecuencia de robo”.
Si bien la iniciativa ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados, su aprobación definitiva fue reclamada por el presidente Fernando De La Rúa, y así se lo hizo saber al senador José Genoud, en la última reunión de gabinete, del martes. En tanto desde diputados solicitaron a los senadores la aprobación del proyecto de ley: “Para la Alianza, es una vieja preocupación desprovista de oportunismos circunstanciales. Lo hemos demostrado presentando al respecto y desde hace tiempo numerosos proyectos en el Congreso Nacional y en las Legislaturas Provinciales”.
En los fundamentos del proyecto de Diputados se manifiesta que:
“La seguridad debe ser asumida como política de Estado con una asignación clara de rumbo para cada uno de sus actores públicos (fuerzas de seguridad, jueces, servicio penitenciario, escuela de derecho etc.) y con la construcción de una relación transparente entre el poder político, fuerzas de seguridad y comunidad, comunicando con alta difusión que los esfuerzos serán ostensibles pero los resultados a mediano y largo plazo”.
“Las acciones principales que deben acompañar a la presente iniciativa y que deben desarrollarse conjuntamente en los distintos segmentos del sistema de seguridad conforman una batería de medidas. Desde el punto de vista legislativo son contempladas las siguientes medidas para castigar severamente los delitos con armas.
En materia de armas:
a) castigar la portación ilegal de armas de fuego de cualquier tipo.
b) aumentar las penas en los casos de portación sin permiso de armas de fuego en zona poblada.
c) Aumentar la pena mínima de robo con armas de fuego, para lograr mayor severidad en los casos de tentativa, a través de modificaciones en el Código Penal y en el Régimen Excarcelatorio del Código Procesal Penal para ese delito.
Restringir las posibilidades de otorgamiento del beneficio de la excarcelación para delitos de robo por efracción.
Bajar el mínimo de la escala penal a dos años para otros delitos excarcelables.
Aumentar las penas a los adultos que se valgan de menores para cometer delitos.
Regular las empresas de seguridad privada.
Restringir los permisos de portación de armas de fuego limitándolos a situaciones estrictamente justificadas.
Implementar medidas más eficaces para evitar el tráfico y el mercado negro de armas de fuego los cuales, al abaratar los costos de las armas, facilitan su adquisición por parte de los delincuentes.
Aumentar las penas de los funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad que cometan delitos de homicidio, lesiones o violación.