05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

¿Responsabilidad penal objetiva?

Así lo pretende un proyecto presentado en Misiones por el diputado Sartori, presidente del bloque del Frente Para la Victoria, que busca modificar el sistema de detención para los menores que cometan delitos con armas de fuego. La iniciativa sugiere que aquellos en tales situaciones permanezcan detenidos hasta la sentencia definitiva junto al padre o tutor encargado a quien se le extendería la responsabilidad y su correspondiente consecuencia punitiva. TEXTO COMPLETO

 
La Comisión de Legislación General de la Cámara de Representantes de Misiones deberá someter a consideración en las próximas reuniones un polémico proyecto de ley presentado la semana pasada por el diputado Diego Sartori, presidente del bloque del Frente Para la Victoria. La propuesta es instalar un nuevo régimen de detención para los menores que cometan delitos con armas de fuego.

El texto presentado pretende que los menores que sean detenidos por un hecho en esa situación, permanezcan privados de su libertad hasta que un juez dicte sentencia definitiva sobre el asunto. A su vez, sugiere que las consecuencias punitivas de la conducta atribuida se extiendan al padre o tutor del menor, quien deberá quedar alojado junto a éste mientras dure la prisión.

El texto del proyecto reza “aquellos menores que sean detenidos por haber utilizado, exhibido o esgrimido en la comisión de un delito armas de fuego, no podrán ser liberados hasta que su condición sea juzgada y determinada definitivamente por el juez de menores”.

Pero la iniciativa no termina allí. El artículo 3 de la propuesta prevé, además, que el menor sea acompañado durante su detención por la persona mayor de edad que ejerza su patria potestad, quien sólo podrá abandonar el lugar de encierro por un lapso máximo de ocho horas diarias, debiendo indicar el lugar y dirección donde estará.

De acuerdo al Código Procesal Penal de Misiones, “las disposiciones sobre la prisión preventiva no regirán con respecto a los menores”, por lo que deben ser entregados a sus padres para el cuidado y educación. Mientras que el artículo 413 establece que “la detención de un menor sólo procederá, siempre que pueda ser sometido a proceso, cuando hubiere motivos para presumir que no cumplirá la orden de citación, o intentará destruir los rastros del hecho, o se pondrá de acuerdo con sus cómplices”.

Sartori sostiene que en Misiones “hoy la gran mayoría de los delitos ocurre con menores” y asegura que “la responsabilidad parte desde la casa”. “Hay que poner un costo a eso”, dijo el diputado al intentar explicar su propuesta y añadió que también se busca lograr una “paternidad responsable”.

“Es necesario que el Estado pueda ejercer la función primordial de salvaguardar la seguridad y tranquilidad de la sociedad misionera”, expresó Sartori en los argumentos de su proyecto, en tanto que indicó que el incremento de la inseguridad y los delitos está siendo acompañada por una disminución en la edad de iniciación en la delincuencia.

Hay que señalar que la Convención por los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en Argentina, establece en su artículo 37 inciso b) que los estados partes velarán por que “la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda”.

dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486