22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La celeridad ante todo

Para propiciar una más pronta administración de Justicia, la Cámara de Casación bonaerense resolvió un planteo de competencia y delegó la investigación de una causa en un juzgado priorizando la conexidad de las actuaciones. La resolución fue adoptada pese a que los detenidos fueron hallados en otra jurisdicción. FALLO COMPLETO.

 
Los camaristas Víctor Violín y Daniel Carral resolvieron que sea el juzgado de garantías Nº 1 de La Plata y no el de Lomas de Zamora el que se haga cargo de un expediente por los delitos de tenencia de arma de guerra y de estupefacientes para su comercialización.

La decisión fue adoptada pese a que los imputados habían sido detenidos en la localidad de Remedios de Escalada, es decir, jurisdicción del juez de garantías de Lomas de Zamora.

No obstante, los camaristas tuvieron en cuenta acordando con lo sostenido por el juez de Lomas de Zamora al declinar la competencia, que la droga que comercializaban los imputados les era suministrada por quienes ya estaban siendo investigadas por el magistrado de La Plata.

“En función de la intervención actual del magistrado platense, como así también el estado de la investigación preliminar que lleva adelante el titular de la acción pública perteneciente al citado departamento judicial, a los fines de propiciar una más pronta administración de justicia, priorizando los principios de inmediación con la prueba y celeridad procesal deben continuar los actuados tramitando por ante el organismo jurisdiccional previniente”, señalaron los jueces de Casación.

Para los jueces existe la “palmaria prexistencia de una causal objetiva de conexidad”, y a diferencia de lo dictaminado por el fiscal, delegaron la investigación en el juzgado de La Plata.

Al fundar la decisión, explicaron que “en ocasión del procedimiento desarrollado en la pesquisa de trámite por ante el Departamento Judicial La Plata ha sido posible establecer el eventual sitio donde los primigenios imputados localizaban y retiraban las sustancias estupefacientes, desprendiéndose de tal situación -en principio- una única identidad delictiva mediando acuerdo entre las partes intervinientes”. “Máxime teniendo en consideración la calificación legal en que han sido subsumidas las conductas endilgadas a los encartados, a saber tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, todo lo cual no permitiría descartar a esta altura una interacción entre todos los involucrados”, agregaron.

Además, invocaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia acerca que “las reglas de conexidad están inspiradas en asegurar una más expedita y uniforme administración de justicia”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486