20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Macri anunció que no apelará el fallo que autorizó el matrimonio gay

Lo hizo mediante un video publicado en Internet. La jueza Gabriela Seijas había declarado inconstitucionales dos artículos del Código Civil que impiden a una pareja de hombres contraer matrimonio. “Tuve un debate interno importante”, dijo Macri al anunciar que no cuestionará la decisión de la magistrada. FALLO COMPLETO

 

La jueza Gabriela Seijas, titular del juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Nº15 de la Ciudad de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil que impedían a una pareja de hombres contraer matrimonio. La causa llegó al juzgado por un amparo presentado por la pareja de Alejandro Freyre y José María Di Bello quienes acudieron al Registro Civil ubicado en Uruguay al 1000 y allí les dijeron que por ser una pareja homosexual, no podían casarse.

En su fallo, la jueza Seijas ordenó a las autoridades del Registro Civiln que celebren el matrimonio de Freyre y Di Bello “en caso de que así lo soliciten”.

Este viernes al mediodía el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, anunció que no apelará el fallo. Macri hizo pública su decisión mediante un video filmado en su despacho, que fue publicado por el usuario que el Gobierno porteño tiene en Internet.

“Tuve un debate interno importante, sopesando mi formación, mi historia con mi búsqueda de las mejores costumbres y las mejores libertades. Y siento que es un paso importante”, dijo el jefe de Gobierno porteño y agregó que se trata del derecho de la gente a “ser feliz en base a sus propias decisiones”.

Macri indicó que “el mundo va en esta dirección”, aunque admitió que conoce que hay mucha gente que pretendía que el fallo sea apelado. De esta manera, la decisión que tomó la jueza en primera instancia quedó firme, y Freyre y Di Bello podrán casarse en los próximos días.

En el fallo, de 16 carillas, la magistrada Seijas sostuvo que “una interpretación que llevara al extremo la no justiciabilidad de las decisiones del Congreso, por un lado anularía el diálogo de poderes que la propia Constitución sustenta, (…) y por otro lado, podría producir el desamparo de los ciudadanos que pertenecen a minorías, al quedar sujetos a lo que decidieran mayorías circunstanciales”.

Esa afirmación se dio pues los abogados del Gobierno porteño señalaron que “resulta notorio que la acción interpuesta (por la pareja) procura utilizar al Poder Judicial para interferir en las potestades conferidas al Congreso Nacional”.

“El derecho a la igualdad supone previamente el derecho a ser quien se es, y la garantía de que el Estado sólo intervendrá para proteger esa existencia y para contradecir cualquier fuerza que intente cercenarla o regularla severamente. No se es igual en la medida de la ley sino ante ella, la ley no debe discriminar entre las diferencias de un habitante y otro, sino que debe tratar a cada uno con igual respeto en función de sus singularidades, sin necesidad de entenderlas o regularlas”, expresó la jueza Seijas en la resolución.

La magistrada también citó al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Zaffaroni, que en 1996, en calidad de convencional constituyente, trató el contenido del derecho a la igualdad: “Lo consagramos –dijo- en una fórmula, en una versión enteramente acorde con nuestra temporalidad, con nuestra contemporaneidad, con nuestra cotidianidad. Lo consagramos de acuerdo con nuestra experiencia y nuestra vivencia. (…)”

Y en ese momento advirtió: “¿Cómo no mencionar (la orientación sexual) en un mundo donde hay demasiados que sueñan con reimplantar el triángulo rosa y en una ciudad donde todavía tenemos funcionarios policiales que actúan como si el triángulo rosa existiese entre nosotros?”.

En tanto, en el Congreso Nacional el proyecto de unión civil aún no tuvo dictamen de comisión lo cual dificultará su tratamiento en el recinto antes del recambio legislativo del 10 de diciembre próximo.

Compartir



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486