20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La votación fue 7 a 0

Faggionatto game over y por goleada

Por unanimidad, el Jury de enjuiciamiento destituyó este jueves al juez de Zárate-Campana por “pérdida de imparcialidad” e “incumplimiento de la obligación de inhibirse” en una causa. Satisfacción de los consejeros Ernesto Sanz y Luis Cabral, que actuaron como fiscales. El abogado defensor le dijo a DiarioJudicial.com que Faggionatto no fue a la lectura de la sentencia porque “no quería ser testigo de la crónica de una muerte anunciada”. FALLO COMPLETO.

 
Por unanimidad, este jueves el jury de enjuiciamiento destituyó al juez federal de Zárate-Campana Federico Faggionatto Márquez, quien no asistió a la lectura del veredicto. Los magistrados sostuvieron que el ahora ex magistrado incurrió en “mal desempeño” pues perdió la “imparcialidad”.

El tribunal cuestionó a Faggionatto por no inhibirse en causas en las que el propio juez estaba acusado y por el “entorpecimiento” de una auditoria de asuntos internos “con evidente intención de favorecer” a dos policías. Sin embargo, fue absuelto por la acusación de las graves demoras en resolver causas porque no se acreditó que las dilaciones “hayan sido producto de una intencionalidad en el manejo arbitrario de ese grupo de causas”.

El fallo, de 59 carillas, fue suscripto por los 7 integrantes del jury: su presidente, Juan Facundo Giudice Bravo; el camarista Jorge Luis Villada; los diputados Juan Manuel Irrazábal (FPV) y Rubén Lanceta (UCR); los senadores Marina Riofrío (FPV) y Juan Carlos Marino y el abogado Daniel Medah.

DiarioJudicial.com habló con el abogado del removido juez Marcelo Brito quien aseguró que analizará la posibilidad de recurrir la sentencia ante la Corte Suprema, aunque pidió cautela porque quiere estudiar los fundamentos de la sentencia. Aclaró que los fallos del jury de enjuiciamiento en principio “son irrecurribles salvo violación de la garantía constitucional”.

El 16 de este mes, el Máximo Tribunal rechazó un planteo presentado por la defensa de Faggionatto que había cuestionado la decisión del Consejo de iniciarle el procedimiento de remoción, el 15 de octubre de 2009. Los ministros sostuvieron que la queja no se refería a una sentencia definitiva y que la revisión sería procedente “con respecto a las decisiones finales dictadas por el órgano juzgador”.

Consultado en relación con la ausencia de Faggionatto, Brito, parafraseando al escritor colombiano Gabriel García Márquez, dijo que no se presentó en el edificio de Libertad 731 a escuchar la sentencia porque “no quería ser testigo de la crónica de una muerte anunciada”.

Una vez conocido el veredicto, el consejero Ernesto Sanz, quien actuó como fiscal del juicio junto con el presidente del Consejo Luis Cabral, se dirigió a los “malos jueces” y les advirtió que “pongan las barbas en remojo porque el apoyo del poder político se termina”. Sanz señaló que la sentencia del jury fue un “mensaje” para los magistrados y explicó que para los “buenos jueces” significa “que pueden trabajar tranquilos”.

Añadió que “hubo gente del poder político que protegió a este juez”. Aunque no los nombró, se refirió a los cinco representantes del kirchnerismo en el Consejo que el 8 de octubre en la comisión de Disciplina y Acusación hicieron “zafar” a Faggionatto (votaron por no iniciarle el juicio político) pero el 15, una semana después, faltaron a la reunión plenaria en la que se debía decidir si se abría el juicio político.

La lectura del veredicto comenzó casi dos horas después de lo pautado en un salón que estaba completo -aunque no colmado- y entre el público se vio a los consejeros Héctor Masquelet (representante del Ejecutivo), Santiago Montaña (abogado) y Mariano Candioti (académico).

Compartir



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486