La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dictó una medida cautelar y suspendió la norma que impedía subir el precio de combustibles. Fue ante un reclamo de la petrolera Shell, contra la resolución 295/10 de la Secretaría de Comercio Interior, que fijó valores de venta. Para el resto de las petroleras sigue vigente la prohibición de subir los precios.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó el pronunciamiento apelado y concedió la medida cautelar solicitada por la petrolera Shell a través de la cual suspendió la aplicación de la resolución 295/10 de la Secretaría de Comercio Interior. La norma había frenado los aumentos en el precio de los combustibles y congelaba el valor al 31 de julio pasado, habilitando a la compañía a subir los precios del gasoil y de las naftas.
La Sala V, integrada por los jueces Pablo Gallegos, Jorge Alemany y Guillermo Treacy, dictó la medida cautelar solicitada por la empresa con el objetivo de que se decrete la suspensión de aquella norma respecto de esa firma.
La Secretaría de Comercio Interior publicó el 18 de agosto la normativa que, basada en la Ley de Abastecimiento, obligaba a retrotraer los precios de los combustibles líquidos a los valores vigentes al 31 de julio. En la práctica sólo Shell había aplicado aumentos en los surtidores durante agosto, con lo cual fue la única que tuvo que retocar sus precios.
Luego, la compañía Shell Compañía Argentina de Petróleo SA inició una medida cautelar autónoma a fin de que se decrete la suspensión de la resolución proveniente del organismo dirigido por Guillermo Moreno, hasta que se cumpla con el plazo previsto por el artículo 25 de la Ley de Procedimientos Administrativos para promover la respectiva demanda de nulidad, una vez que se encuentre habilitada la instancia judicial por la denegación del reclamo presentado ante la sede de la demandada.
La resolución 295/2010 aprobó "las normas sobre comercialización, intermediación, distribución y/o producción de combustibles líquidos" y, en su artículo 2°, dispuso que el precio de comercialización de los combustibles líquidos debiera "ser igual al vigente al 31 de julio de este año".
Según la Cámara, "en la causa resultan suficientemente acreditados los presupuestos exigidos en los incisos 1) del artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para decretar la medida solicitada".
De esta manera, el fallo suspende la medida de Moreno sólo en relación a Shell, con lo que para el resto de las petroleras sigue vigente la prohibición de subir los precios. Esta nueva sentencia no aborda la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la ley de abastecimiento.
"En cuanto al requisito de peligro en la demora, cabe presumir que el congelamiento de los precios de los combustibles líquidos en los niveles vigentes al día 31 de julio de 2010 no permite reflejar adecuadamente la evolución de los costos propios de la industria y el comercio de los productos en cuestión y, en consecuencia, alcanza entidad bastante para comprometer el razonable margen de utilidad al que la actora tiene derecho en virtud del régimen propio que rige su actividad", consigna la sentencia.
El voto mayoritario destaca que no se demuestra que el incremento aplicado por Shell haya sido "desproporcionado", sosteniendo: "Como es público y notorio, tampoco se tiene evidencia de que el mercado interno de venta de combustibles esté desabastecido". Asimismo criticó la falta de argumentos de la resolución 295 y señaló que la duración de la medida cautelar dependerá de la "celeridad" con la que Moreno responda el recurso administrativo interpuesto por Shell al día siguiente de publicada la medida.
La Presidente Cristina Fernández, quien se encuentra concluyendo una gira por Alemania, criticó la decisión judicial a través de la red social Twitter. "Otra medida cautelar, ahora para Shell. Para que pueda aumentar a gusto el precio de la nafta, que vos pagás", dijo la mandataria.
Según Fernández, los consumidores tendrán "que pagar el precio de la nafta que Shell quiera", y lanzó: "El Estado está atado de pies y manos. Los evasores y los que aumentan los precios se manejan a su antojo, protegidos por la justicia cautelar".
Un comunicado de la empresa de hidrocarburos reveló que no podían informar si los precios iban a ser reactualizados dado que la petrolera aún se encuentra "analizando la sentencia de Cámara".