02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

La Corte bonaerense impulsa una reforma penal

El vicegobernador bonaerense, Felipe Solá recibió hoy de parte de la Suprema Corte provincial un proyecto para aumentar el número de jueces en Tribunal de Casación y así evitar que prescriban miles de causas que tienen vencimiento en el año 2001.

 
El proyecto fue presentado por el presidente del Máximo Tribunal, Guillermo San Martín para incrementar de 3 a 20 el número de salas en el Tribunal de Casación Penal.

Según el proyecto al que tuvo acceso Diariojudicial.com se intenta modificar el artículo de la ley 11.982 de constitución del Tribunal de Casación Penal, manteniendo una presidencia fija y veinte salas de tres miembros cada uno.

Las 17 salas a crearse provendrán de la transformación de otras tantas que se encuentran en cámaras de Apelación y Garantías en lo penal.

La transformación se haría sobre tres salas de cámara de Garantías de La Plata, dos de Mercedes; una de Bahía blanca, dos en Mar del Plata, 2 e San Isidro, dos en Morón, Dos en San Martín, 2 en Lomas de Zamora y una en Quilmes.

Como se señala en la iniciativa las salas de La Plata que sean transformadas “pasarán a tener asiento en Morón, San Isidro y Lomas de Zamora”.

En tanto, se prevé una distribución de las salas de Casación en nueve regiones comprendidas por los departamentos judiciales La Plata-Dolores, Mercedes-Junín-Trenque Lauquen, Mar del Plata- Azul-Necochea, Bahía Blanca, San Isidro-San Nicolás, Zarate-Campana-Pergamino, San Martín, Morón, La Matanza, Lomas de Zamora y Quilmes.

A su vez el proyecto establece para las causas pendientes, de juicio escrito e iniciadas con anterioridad al código procesal penal que se le dé competencia al Tribunal de Casación Penal, dado que ahora la posee la Corte provincial.

La Corte seguirá entendiendo en recursos de apelación contra sentencias definitivas del Tribunal de Casación Penal.

Otra iniciativa faculta a la Corte a rechazar “el recurso extraordinario “ que “no reúne los requisitos esenciales o que ha sido insuficientemente fundado”.



dju / dju
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