20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Las normas fueron giradas a Diputados

El Senado aprobó leyes sobre control de armas y desarmaderos

El límite a los desarmaderos se aprobó casi por unanimidad, pero el mayor control de las armas de fuego fue rechazado por el oficialismo.

 

La Cámara Alta aprobó los proyectos de control de armas de fuego, presentado por la senadora salteña Sonia Escudero y de desarmaderos, que impulsó el presidente de la bancada del Frente para la Victoria, Miguel Pichetto.

La iniciativa de Escudero obtuvo 35 votos afirmativos y 27 negativos del bloque oficialista que luego daría las razones por escrito. El proyecto de desarmaderos, en tanto, consiguió 61 adhesiones y un voto en contra. Ambos proyectos fueron girados a la Cámara Baja para su consideración.

Respecto de la primera iniciativa, Escudero aclaró que la norma no establece ningún requisito nuevo para la tenencia de armas, ni tampoco pretende desarmar a los legítimos usuarios. Recordó que en la Argentina murieron entre 1990 y 2008, por armas de fuego, más de 59 mil personas, "más que los soldados norteamericanos muertos durante la guerra de Vietnam", remarcó.

“Es un paso muy importante, algo que la sociedad nos está demandando desde hace tiempo: un mejor control de las armas. Convertimos el Registro de Armas que tenía una lógica de registrar los usuarios y las armas en una Autoridad nacional, que no sólo registre sino que, también, controle”, fundamentó la senadora Escudero.

Asimismo agregó: “Como es una Autoridad de Control no puede estar financiada y administrada por un ente cooperador, formado por fabricantes y comerciantes de armas, que es precisamente uno de los sectores deben ser controlados”.

El proyecto dispone, además, el pase a planta permanente de todos los empleados del RENAR. Hoy el 82 por ciento del personal está contratado por este Ente Cooperador formado por fabricantes y comerciantes de armas. "Queremos que tengan la responsabilidad de todo funcionario público. La función de control no puede estar privatizada, es una función indelegable del Estado Nacional”, sostuvo la senadora.

Asimismo, se incorpora la obligación del Poder Ejecutivo Nacional de llevar estadísticas desagregadas sobre delitos y muertes cometidos con armas de fuego, y cantidad de armas que se fabrican, importan y exportan en nuestro país.

En cuanto a las autorizaciones de legítimos usuarios, la novedad es que no se autorizará a quienes tengan antecedentes de violencia familiar. "Fuera de ese aspecto, no estamos agregando ningún requisito nuevo. Las personas, en forma previa, tienen que manifestar cuál es el fin para usar un arma, para saber si el arma que compra es la adecuada para dicha actividad”, indicó a este medio la legisladora.

“No derogamos la ley vigente; estamos llenando vacíos y llevando disposiciones del Renar hoy vigentes, a rango de ley. No estamos a favor del prohibicionismo porque sabemos que sólo favorece el incremento del mercado negro de armas, tampoco estamos intentando desarmar a los legítimos usuarios”, concluyó Escudero.

Desarmaderos

En cuanto a los desarmaderos, la iniciativa mantiene la actividad de venta, almacenamiento y transporte, pero siempre con la autorización legal. Se tipifican una serie de conductas ilegales, que tendrán durísimas penas. El proyecto le otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de reglamentar cuáles son los requisitos mínimos que cada autoridad –provincial o municipal- tendrá que constatar para habilitar un taller o comercio relacionado con las autopartes.

Según la Cámara Argentina de Comerciantes y Reparadores de Partes para el Automotor, hay más de 5 mil desarmaderos en todo el país, pero en el Registro Único de Desarmaderos y Actividades Conexas, sólo están inscriptos 125. “Los desarmaderos son un invento argentino como el dulce de leche pero en su versión ilícita”, dijo el jefe del bloque kirchnerista en el Senado, Miguel Ángel Pichetto, autor del proyecto.

En cuanto a las penas, la norma prevé una pena de prisión de seis meses a dos años para quienes desarrollen la actividad sin la correspondiente autorización legal. La misma pena le corresponderá a quien compre autopartes, repuestos o accesorios usados en locales o a personas no habilitados. "De este modo, estamos castigando la oferta y la demanda de autopartes de origen ilícito", aclaró la presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado.

También se castiga los delitos de encubrimiento, asociación ilícita y lavado de activos relacionados con esta actividad. Para el encubrimiento la pena será de tres a seis años de prisión. En caso de muerte de la víctima de robo o terceros la pena de prisión se eleva de cinco a diez años. Para los comerciantes que no puedan justificar la procedencia legítima de los productos en stock, se impone pena prisión de uno a seis años

Finalmente, la norma ordena al Poder Ejecutivo promueva entre los países miembros del MERCOSUR la instrumentación de políticas para impedir el contrabando de automotores, autopartes y repuestos, y le indica que implemente incentivos fiscales para la fabricación de autopartes.

Compartir



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486