El TOF Nº 2 concedió el beneficio a un hombre que está condenado por tenencia de drogas y es padre de una menor de 4 años que vive con su abuela. La jueza valoró el “interés superior” del niño y tuvo en cuenta que la madre de la nena está ausente desde los primeros días de su vida.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 concedió el arresto domiciliario a un hombre, condenado por tenencia de drogas, para vivir con su hija de cuatro años con el objetivo de no romper el vínculo entre ambos y para preservar el “interés superior” de la nena, que fue abandonada por su madre a los 5 días de vida.
El imputado había sido condenado el 17 de marzo de 2009 a cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal en calidad de autor. Al hombre se le impuso la realización de un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación.
La defensa del imputado había pedido el beneficio de la prisión domiciliaria al señalar que la ley 26.472 prevé esa posibilidad para las madres con hijos menores de cinco años a su cargo y, de no considerarla de forma amplia, podría estar ante una distinción de género y afectaría el principio constitucional de igualdad ante la ley.
El tribunal sostuvo que si bien otorgar ese beneficio a un padre no está contemplado en la ley, en el caso correspondía conceder la prisión domiciliaria dado que la madre está ausente y es necesario tener en cuenta el “interés superior” del niño.
La jueza subrogante María Laura Garrigós de Rébori valoró asimismo los informes psiquiátricos que concluyeron que la nena sufría “significativas dificultades en su lenguaje y discarencias afectivas, por la falta de ambas figuras parentales en su vida cotidiana”.
“Evidentemente, en el presente caso, el encierro en una unidad penitenciaria del condenado y la ausencia de la madre de la menor reciente el normal desenvolvimiento de la relación familiar con afectación del derecho de la niña”, sostuvo la magistrado es un fallo que se dio a conocer este martes pero tiene fecha del 7 de diciembre de 2010.
Los informes del Servicio Penitenciario Federal y del Cuerpo Médico Forense revelaron que la nena sufre “impacto emocional” por la detención de su padre y que las salidas transitorias del detenido le generan a su hija una “situación traumática” porque no quiere desprenderse de su padre cuando debe volver a la prisión.
Así, la magistrada destacó la necesidad de “no agravar, aún más, la aflicción que padece la hija menor” del detenido, por lo que le concedieron al hombre la prisión domiciliaria pero le prohibieron salir de su casa de Villa Ballester, bajo apercibimiento de revocar el beneficio, excepto razones de salud de la menor y que la abuela de la menor no esté posibilitada para acompañarla.