21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Cómo recuperar la confianza del GAFI

Más control, menos lavado

Las empresas que quieran reasegurar sus activos con aseguradoras extranjeras deberán contar con una autorización de la Superintendencia de Seguros. Así lo determina la nueva medida del Ministerio de Justicia, para cumplir con los requerimientos del GAFI.

 

Además del proyecto de Ley de Lavado de Dinero, hay otras medidas que se están llevando a cabo para cumplir con las exigencias del GAFI en esta materia. Es que ahora, las empresas que quieran reasegurarse en el exterior tendrán que ser autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Esto será para establecer un control sobre estas operaciones que siempre implican una salida de divisas.

Desde el Ministerio explicaron que la brecha entre las primas y las comisiones pagadas subió un 53% durante 2010 (en total fue de más de 1.100 millones de dólares), y ahora, con la modificación de la normativa vigente, se podrá tener un control sobre esas operaciones que implican un gran movimiento de divisas.

Además, detallaron que las empresas solo podrán reasegurar de forma directa cuando la Superintendencia lo autorice, y esto será solo cuando la magnitud y las características de los riesgos cedidos no puedan ser cubiertas por el mercado nacional.

También aseveraron que es necesario adecuar los mecanismos de control tendientes a garantizar la solvencia de las empresas aseguradoras argentinas.

Uno de los objetivos de la medida es adecuar el régimen de reaseguro a la normativa vigente en la Ley 12.988 que estipula la prohibición de asegurar a “personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional, y permitir una fiscalización efectiva de las contrataciones de reaseguro del estado de las reservas de las reaseguradoras”.

Asimismo, esta resolución busca mejorar las posibilidades de cobro por parte de los acreedores en casos de liquidación forzosa de aseguradoras. La medida entrará en vigencia a partir del próximo septiembre, y las reaseguradoras que no se radiquen en el país no podrán operar con empresas nacionales.

En el marco de los esfuerzos para que Argentina no sea denominada como “país no cooperante” por el GAFI, el ministro de Justicia Julio Alak aseguró que “la disposición representa un significativo aporte para cumplir con sus requerimientos”.



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486