20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Intento para que no sean avisos "clasificados"

No está muerto el Rubro 59

La Justicia decidió aceptar el recurso de amparo presentado por el diario Río Negro a raíz del decreto presidencial que prohibía la publicación de avisos con ofertas sexuales en los diarios de papel e internet. No obstante, se rechazó el pedido de suspender el efecto de la medida tomada por el Poder Ejecutivo.

 

A comienzos de este mes, el diario “Río Negro” presentó una acción de amparo frente al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo N° 5, a cargo de la jueza subrogante María Alejandra Biotti en relación a la prohibición decretada por el Poder Ejecutivo de publicar avisos con ofertas sexuales. El ahora famoso decreto 936.

El recurso fue firmado por el director del medio, Julio Rajneri, que solicitó que se dejara, mediante una medida cautelar, sin efecto la resolución presidencial.

A su vez, agregó que el diario cuidó y seleccionó siempre los avisos clasificados de ofertas sexuales que publicaba, sobre todo evitando aquellos que podían tener que ver con el encubrimiento de conductas ilícitas de proxenetismo o trata de personas.

Por estas razones, la jueza María Biotti decidió rechazar la aplicación de la medida cautelar, pero, sin embargo, aceptó el amparo presentado por “Río Negro” y le dio un plazo de cinco días al Poder Ejecutivo para que fije una posición al respecto.

En tanto, la noticia del amparo despertó polémicas y diferentes puntos de vista. Mabel Bianco, de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) entendió que "lo que plantea el diario Río Negro es un exceso de atribuciones, porque se presenta un decreto reglamentario en base a una ley que no prohíbe la prostitución, la misma salvedad que plantea el grupo de meretrices cuando dice que no se está contemplando a las personas adultas que ofrecen voluntariamente un servicio sexual"

"Estos amparos pueden generalizarse, buscando paralizar el efecto del decreto", consignó Bianco.

Desde el diario aseguraron que "piden antecedentes de la persona, para que no pueda hacer la publicación del aviso a nombre de terceros, que le piden documento y que el teléfono que publica tiene que estar a su nombre".

Asimismo, agregaron que "El Poder Ejecutivo Nacional debió limitarse a reglamentar la ley del Congreso Nacional; sin embargo, ha ido más allá, estableciendo prohibiciones y sanciones". Además, "no informa sobre cuáles y de qué naturaleza serían las sanciones para quienes violaran esa prohibición".

Desde la Asociación Civil La Alameda, Lucas Yaer declaró a DiarioJudicial.com que "en concreto, lo que necesitamos además de un decreto es que la lucha contra la trata de personas se convierta en una política de Estado. Los datos sobre esclavización en nuestro país son alarmantes, y si bien la norma luce muy bien, realmente no ataca al problema de fondo”.

Desde el Ministerio de Justicia se creó un órgano que se encargue, precisamente, de seguir a los medios en vistas a regular que se cumpla la normativa. Fue creada, para tales fines, la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual.

Al respecto, Perla Prigoshin, coordinadora de la Comisión Nacional de la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (Consavig), estimó que el rechazo de la medida cautelar es “ajustado a derecho” y sentenció que “para rechazar el amparo tendría que haber una falta de cumplimiento de los requisitos formales muy grosera, y esto no sucedió”.



dju

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