Este martes comenzaron a regir los alcances de la nueva Ley Orgánica de Tribunales en Santa Fe. La normativa estipula la creación de la Justicia Comunitaria, también conocida como de las "pequeñas causas". Los empleados judiciales advirtieron que "la aplicación de esta ley se torna sumamente dificultosa".
La nueva Ley Orgánica de Tribunales "es una de las tres partes fundamentales de la transformación de la Justicia en Santa Fe", consignó Héctor Superti, ministro de Justicia y Derechos Humanos de esa provincia.
Superti se refirió, más precisamente, a la normativa que estipula la creación de la Justicia Comunitaria, también conocida como de las "pequeñas causas". Es que, a partir de este martes, la legislación regirá en todo el territorio de la provincia de Santa Fe.
La propuesta fundamental de esta iniciativa es que los procesos judiciales se inicien en las instancias de los juzgados comunales. De esta forma, se podrá reducir la cantidad de causas que ingresan a diario a los Juzgados de Primera Instancia de distrito y circuito.
A su vez, la medida sancionada en marzo pasado, está enmarcada en el proceso de cambio en el Poder Judicial llevado a cabo mediante la implementación de la mediación obligatoria y la reforma Procesal Penal. Por este motivo los jueces comunales deberán darle prioridad a la solución de conflictos en la instancia mediatoria, más allá de que este tribunales tengan la facultad de poder llevar a cabo litigios.
La Ley precisa que "el procedimiento será gratuito para las partes, las que no deberán pagar tasa alguna". Además, como aseguraron los legisladores, se "instituye un procedimiento abreviado, basado en los principios de oralidad, simplicidad, celeridad, economía, inmediatez, que permitirán a la población obtener una protección efectiva de sus derechos sustantivos".
Si bien los Juzgados Comunales ya existían no contaban con los elementos necesarios para participar de instancias judiciales, pero ahora podrán adquirir más competencias y un proceso especial.
Podrán decretar, entre otras cosas, "medidas cautelares en caso de urgencia acreditada y cuando peligren derechos por la demora".
Sin embargo, desde el Sindicato de Trabajadores Judiciales de Santa Fe realizó algunas críticas a la iniciativa. En primer lugar, precisaron que "con esta nueva ley, el procedimiento se regirá por lo dispuesto en el Código Procesal Civil y Comercial, por lo que el juez debe en primer lugar recibir una demanda escrita, observar si se cumplen con todos los requisitos establecidos para su presentación y luego meritar si corresponde admitirla".
"Una vez admitida la demanda, el juez no continúa con el proceso, sino que teniendo en cuenta la distancia en que se encuentra respecto de las ciudades de Santa Fe y Rosario debe; o bien enviar el expediente a un centro de mediación público o privado, (solo los hay públicos en Santa Fe y Rosario), o encontrándose lejos de éstas ciudades, fijar audiencia a los fines conciliatorios."
Por eso, agregaron que "de acuerdo al lugar en que cada santafesino resida, tendrá derecho a un procedimiento distinto y en lugar de perfeccionar lo que hasta ahora se viene haciendo (el Juez como amigable componedor remediaba la mayoría de los conflictos), con este nuevo sistema lo único que se logra es judicializar el conflicto".
"A ello se debe agregar, que si la persona necesita un abogado y no lo puede contratar, se debe designar uno Oficial (solo hay en Santa Fe, Rosario y las grandes ciudades), por lo tanto el Defensor Oficial no va a ir a los pueblos a asistir a nadie, ya que no tiene presupuesto ni tiempo para hacerlo, convirtiéndose al “ciudadano de a pie”, en el mayor perjudicado", cerraron los trabajadores del Poder Judicial santafesino.