La Justicia cordobesa consideró ajustado a derecho el despido dispuesto por una empleadora respecto de un operario, debido a la pérdida de confianza que ocasionó el sabotaje de una máquina, que supuestamente habría efectuado el hombre desvinculado. La maniobra habría sido realizada con el objetivo de acortar la jornada laboral.
La Cámara del Trabajo de San Francisco consideró ajustado a derecho el despido de un trabajador por pérdida de confianza, debido a que a la máquina que operaba se le realizó un cambio de plaqueta inadecuado y esto determinó su avería. Si bien no se probó que el hombre desvinculado fue quien realizó la maniobra, sí se determinó que era él quien estaba a cargo del artefacto.
El Tribunal Laboral, constituido en forma unipersonal por el magistrado Guillermo González, consideró ajustado a derecho el despido “pues del conjunto de las declaraciones surge que la máquina comenzó a funcionar defectuosamente por habérsele quitado una plaqueta y puesto en un lugar inadecuado, lo que supone necesariamente una maniobra humana intencionada”.
En particular, la Cámara del Trabajo afirmó que “si bien ninguno de los testigos ha visto al trabajador ejecutando dicha maniobra, lo es cierto que él mismo era quien operaba la máquina en cuestión y el hecho no le pudo pasar desapercibido”.
En el caso, un operario fue despedido por la empresa empleadora, la cual invocó la causal de pérdida de confianza. Concretamente, al trabajador se le imputó el sabotaje de la maquinaria que él manejaba a diario con el objeto de reducir su jornada laboral.
El hombre desvinculado, afectado por la pérdida del puesto de trabajo, demandó a su empleadora ante la Justicia cordobesa. Sin embargo, su reclamo indemnizatorio no prosperó.
En primer lugar, el Tribunal Laboral indicó que la decisión de la empresa empleadora de desvincular al operario por pérdida de confianza era ajustada a derecho.
“La máquina comenzó a funcionar defectuosamente por habérsele quitado una plaqueta y puesto en un lugar inadecuado, lo que supone necesariamente una maniobra humana intencionada, y si bien ninguno de los testigos ha visto al trabajador ejecutando dicha maniobra, lo es cierto que él mismo era quien operaba la máquina en cuestión y el hecho no le pudo pasar desapercibido”, afirmó la Cámara del Trabajo.
Acto seguido, el Tribunal Laboral explicó que “en el caso no se trata sólo de la autoría material de la avería, sino de la necesaria complicidad del trabajador que ha quedado suficientemente probada por ser quien se encontraba laborando con esa máquina”.
“El hecho es sumamente grave y ha tornado imposible la continuación de la relación laboral en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, pues provoca la necesaria pérdida de confianza, pues ha sido contrario a la buena fe y estuvo dirigido a impedir la prestación del servicio, causando un daño en la maquinaria de la empresa”, afirmó la Cámara cordobesa.
Además, el Tribunal provincial indicó que “la comunicación de la causa del despido resultó suficientemente clara como para que el trabajador no viera vulnerado su derecho de defensa, lo que se demuestra por la respuesta dada en el telegrama remitido por éste, quien ha podido comprender de qué hechos se lo responsabilizaba”.
Por lo tanto, la Cámara del Trabajo de la ciudad de San Francisco, provincia de Córdoba, decidió rechazar la demanda deducida por el operario desvinculado.
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