20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Abogados vs jueces por las subrogancias

La lista negra de la Justicia tucumana

El Colegio de Abogados de Tucumán denunció al Poder Ejecutivo provincial al señalar que la nueva ley sobre las subrogancias de jueces es "inconstitucional". La nueva legislación estipula que los miembros de una sola lista anual de magistrados que realiza la Corte provincial pueden cubrir los puestos vacantes de ese órgano.

 

El primer cruce fue hace pocos meses: la reforma del Código Tributario provocó que los abogados colegiados de Tucumán recurrieran a la Justicia. Ahora, con el mismo planteo de inconstitucionalidad, decidieron presentarse ante la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo para manifestarse en contra de la nueva normativa de selección de profesionales para subrogar los Juzgados acéfalos.

Es que la aprobación de la nueva legislación, que se aplica en la provincia desde febrero, prevé que la Corte Suprema tucumana elabore una lista anual de profesionales que, a través de un sorteo, serán los que ocupen los cargos vacantes de forma circunstancial en el máximo tribunal.

El presidente del Colegio, Eudoro Aráoz, aseguró que "el sistema viola la garantía del debido proceso y del juez natural, atenta contra la independencia e imparcialidad de los jueces, así como también con los principios de idoneidad y publicidad impuestos por el sistema republicano de gobierno previsto en la Constitución Nacional".

Por estas cuestiones, precisamente, alegaron que la nueva normativa no respeta los mandatos constitucionales nacionales y provinciales. "Se estableció que serán abogados de la matrícula, que litigan en los tribunales locales, quienes estén encargados de suplir a los integrantes de la cabeza del Poder Judicial provincial", indicaron.

En este sentido, remarcaron la necesidad de volver al sistema anterior. "Antes se trataba de jueces imparciales e independientes, que gozaban de las garantías de inamovilidad e intangibilidad de sus remuneraciones. Además, al tratarse de jueces que ejercían la magistratura judicial ordinariamente, eran funcionarios acostumbrados al quehacer propio de la administración de justicia".

Es que la crítica apunta a la falta de imparcialidad en la selección de los conjueces. La lista es confeccionada por los mismos integrantes de la Corte Suprema tucumana, una de las cuestiones que suscitó más quejas de parte de los abogados.

Algunos de los principales cuestionamientos surgieron en torno a las garantías: el sistema “es contrario a las garantías del debido proceso y del juez natural, pues los profesionales así designados carecen de inamovilidad en sus cargos y de intangibilidad de sus remuneraciones (artículos 112 y 115 de la Constitución Provincial y 18, 110 y 115 de la Constitución Nacional), lo que afecta su independencia e imparcialidad".

También hicieron señalamientos al máximo tribunal tucumano al precisar que "se delega en el Poder Judicial la facultad de designar a los jueces, que por expresa disposición constitucional requiere la intervención conjunta del Poder Ejecutivo y la Legislatura de la Provincia de Tucumán, desconociendo así una prohibición expresa de la Constitución Provincial".

Asimismo, remarcaron que las pautas violan “la exigencia impuesta por el artículo 5 de la Constitución Nacional, al poner en crisis la independencia e imparcialidad de los jueces locales, en tanto se trata de cuestiones inescindiblemente vinculadas al sistema republicano de gobierno y la división de poderes que le es propia".



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486