04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Sin mostrar el arma el robo es simple

La Cámara del Crimen bajó la calificación legal de una causa en la que se procesó a un hombre por robo con armas ya que este poseía un cuchillo, pero no lo sacó en ningún momento. Los jueces consideraron que “la falta de utilización efectiva del arma en el hecho indica la ausencia de un mayor peligro”.

 

La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Alberto Seijas, Carlos González y Julio Marcelo Lucini, confirmó el procesamiento de una persona pero bajó la calificación del mismo.

Se trata de la causa “B., L. J. s/procesamiento” donde en primera instancia se procesó a un hombre por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Lo que fue apelado por la defensa del imputado.

La defensa del procesado en primera instancia reclamó principalmente con respecto a la materialidad del hecho y su calificación legal, sobre todo “a la agravante prevista en el artículo 166 inciso 2°, párrafo segundo, del ordenamiento de fondo, en tanto refiere a la utilización de un arma en la comisión del robo”.

Con ello, los magistrados señalaron que, según la doctrina, “para que se configure un robo calificado por el uso de un arma… debe haber sido utilizada en una efectiva acción violenta o intimidatoria con la finalidad de doblegar o evitar la resistencia de la víctima de esa acción, sea el sujeto pasivo o un tercero, ya sea golpeando, apuntando con ella o mostrándola significativamente”.

Por lo que “la sola circunstancia de llevar el arma o portarla por parte del autor de modo tal que al perpetrar el hecho no la emplee, exhiba o muestre en modo alguno, determina la inaplicabilidad de la agravante”.

Tal y como consignan en el fallo, durante el robo “el imputado no llegó siquiera blandir o intentar echar mano al cuchillo que le fuera secuestrado y, menos aún, a exhibirlo durante el iter criminis”.

“El empleo de armas representa un peligro concreto sobre la víctima que, precisamente, ‘por el modo de comisión de la sustracción hace temer la lesión corporal de una persona’”, explican los magistrados.

Razón por la cual, “la falta de utilización efectiva del arma en el hecho indica la ausencia de un mayor peligro, la calificación legal adoptada por el juzgado de origen debe ser modificada por la de robo simple”.

La Cámara concluyó confirmando el procesamiento por robo del imputado pero cambiando la calificación legal que pasó del delito de robo con armas en grado de tentativa a robo simple en grado de tentativa.

 



dju
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