20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Será la primera provincia donde rija esta normativa

Capacitados para acceder a la Justicia

El STJ santiagueño se adaptó a un protocolo para el acceso a la Justicia de personas discapacitadas. Por no cumplir con esa normativa, la Argentina obtuvo una sentencia desfavorable por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 
Después de incumplir con los requisitos básicos para el acceso a la Justicia de parte de personas discapacitadas, Argentina recibió una sentencia en su contra de parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Esto motivó que a nivel nacional se realicen adecuaciones. Pero en términos provinciales, Santiago Del Estero tomó la iniciativa y fue el primer lugar donde se aceptó el protocolo elaborado en este sentido por el organismo internacional.
 
De este modo, y de acorde al anuncio del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial, a partir de 2014, jueces, funcionarios y empleados judiciales comenzarán a recibir una formación para poder aplicar de forma correcta las precisiones brindadas por la CIDH en su decisorio.
 
La causa “Furlán y familiares” trajo consigo fuertes críticas al sistema de la administración de Justicia, y al mismo tiempo se “exhorta” al Poder Judicial y a los organismos del Ejecutivo a que no vuelvan a caer en los vicios que condujeron a que la causa resultara contraria a nuestro país.
 
Los cambios en Santiago Del Estero ya comenzaron hace algún tiempo. Con los nuevos edificios de tribunales se generaron mayores medidas de acceso, pero eso es tan solo una parte del gran entramado que, según la CIDH, supone generar un verdadero acceso a la Justicia para personas con discapacidades.
 
El titular del STJ santiagueño, Eduardo Lludgar, afirmó en la presentación del procotolo que “debemos partir el hecho que las personas con discapacidad gozan en plenitud de los derechos humanos fundamentales consagrados en nuestras leyes y tratados internacionales, a la par de otras minorías de grupos sometidos a circunstancias de vulnerabilidad, tal como surge de las 100 Reglas de Brasilia”.
 
El miembro del Máximo Tribunal provincial aseguró que “si un sistema de Justicia tiene operadores que no toman conciencia de la importancia de esta problemática, se hace evidente que no pueden satisfacer sus obligaciones constitucionales”.
 
El integrante del STJ también puso de manifiesto que “los receptores de la capacitación deberán exigir el cumplimiento de la normativa y es necesario decir que quien no este a la altura de estas obligaciones, deberá dar un paso al costado y dejar que vengan oros, que si asuman el compromiso, pues debe quedar claro que el Poder Judicial, más que un poder es un servicio”.
 
“Por ello hay que recalcar que el que tiene las potestad de impartir Justicia es el pueblo. En este caso el pueblo de Santiago del Estero, tal como lo dice la Constitución de la Provincia. El pueblo ha delegado en los jueces esa facultad, por lo que los magistrados son meros administradores de la misma”, agregó el juez.


dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486