20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Se lo acusa por el delito de peculado

Río Negro: sigue el caso Sodero Nievas

Después de dar un paso al costado en el STJ de Río Negro, Víctor Sodero Nievas sigue enfrentando acusaciones por su gestión: la Cámara Penal de Viedma rechazó un recurso del magistrado y podrá volver a ser indagado por la causa que lo investiga por el uso indiscreto de viáticos.

 
¿Cuánto puede costar un flete desde Buenos Aires a Viedma? Muebles, electrodomésticos, distintos elementos personales, la distancia, el vehículo; no es una operación sencilla y, sobre todo, barata. Según el juez penal de Río Negro, Flavio Igoldi, el ex titular del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial, Víctor Sodero Nievas, aprovechó los viáticos que le brindaba el Poder Judicial para llevar a cabo esa mudanza. Todo sucedió en 2001.
 
En concreto, Igoldi lo procesó por “peculado de bienes de servicios en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público calificada en concurso ideal con abuso de autoridad”. Tras esa decisión, el ex integrante del Máximo Tribunal provincial denunció al magistrado ante el Consejo de la Magistratura impugnando las acusaciones.
 
También presentó un recurso ante la Cámara Penal de Viedma, pero ese planteo fue rechazado esta semana y, ahora, el camino quedó libre para que el ex miembro del STJ sea indagado nuevamente por el juez penal.
 
Si bien dos de los votos se manifestaron a favor de que la causa continúe por su curso, hubo un tercero, de la camarista María Luján Ignazi, quien entendió que había que abrir la instancia casatoria “ya que ésta es la mejor oportunidad para su adecuada revisión. De lo contrario todo control de lo decidido implicaría un excesivo desgaste jurisdiccional”.
 
Por su parte, los magistrados restantes afirmaron que la resolución atacada por la defensa de Sodero Nievas, cuando intentó recusar a Igoldi, no era una sentencia definitiva, por lo que “la mera invocación de arbitrariedad o de violación de las garantías constitucionales en modo alguno amerita obviar la ausencia de definitividad del resolutorio del recurso, toda vez que ésa no puede ser suplida bajo aquellas invocaciones, según la doctrina de la Corte Suprema de Justicia”.
 
En su presentación, Sodero Nievas había señalado que el juez penal tenía “animosidad” en su contra, ya que fue citado a declarar por primera vez un 22 de octubre, cuando el magistrado había solicitado una licencia médica hasta el 30 de ese mismo mes. También precisó que, durante el avance de la causa, se violaron diferentes garantías constitucionales.


dju

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