20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Mobbing por negarle un ascenso

La Sala VII de la Cámara del Trabajo le otorgó carácter de mobbing al acoso laboral sufrido por una empleada jerárquica a la que le disminuyeron las tareas y que no le otorgaron el ascenso que venía pidiendo hace años. El Tribunal consideró que "le asistió derecho a considerarse injuriada". 

 

La justicia laboral resolvió en los autos “Z.I.S. C/ Coordinadora Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado s/ Despido” que hubo mobbing frente a una trabajadora a la que su empleadora le desconoció las funciones que realmente cumplía con su correspondiente contraprestación salarial, y a la que no le dieron el puesto que venía pidiendo desde hacía años.

Los camaristas Néstor Rodriguez Brunengo, Estela Ferreirós y Beatriz Fontana, de la Sala VII de la Cámara del Trabajo, elevaron a casi 400 mil pesos el monto dispuesto por el juez de la Primera Instancia, al considerar que estaba acreditado el daño psicológico sufrido por la demandante.

“Al inicio la actora sostuvo su reclamo de reparación fundado en el derecho común, que incluía la reparación por daño psicológico, moral y gastos de tratamiento, en la violencia laboral a la que fue sometida, la que según alegó, le ocasionó un stress psicofísico que se tradujo en un profundo estado depresivo y hundimiento emocional”, explicó el Tribunal.

Los jueces también recordaron que la actora alegó que dicha violencia “fue ejercida por su empleadora al desconocerle las funciones que realmente cumplía con su correspondiente contraprestación salarial y asimismo que a partir de su desempeño en el Departamento de Relaciones Públicas comenzó a sufrir un incomprensible hostigamiento laboral por parte de sus superiores que afectó gravemente su salud”.

La mujer señaló que el cargo de Jefe de División que venía reclamando desde hacía varios años fue otorgado a otra persona “y a partir de dicho momento comenzó a sufrir un vaciamiento de su puesto de trabajo por ausencia de tareas o encargo de tareas menores”. Lo que se vio comprobado en las testimoniales, ya que dieron cuenta de que las funciones de la misma “fueron mermando hasta que quedó sin ninguna y que se transformó en un ánima”.

“No cabe más que entender que ha sido acreditada la conducta denunciada y en consecuencia que la incapacidad psicológica de la que dio cuenta la perito del ramo es producto de tal comportamiento y cabe establecer la responsabilidad que le corresponde a la accionada por ella”, explicó en su voto rodriguez Brunengo.

En el mismo sentido, Fontana entendió que ha quedado suficientemente acreditado “que las tareas que desarrolló la actora fueron las de ‘Jefe de División’, y en dicha inteligencia, ante la falta de reconocimiento de las mismas, le asistió derecho a considerarse injuriada y despedida y a acceder al pago de las diferencias salariales reclamadas”.

“De la prueba pericial psicológica surge que la actora padece un cuadro de ‘depresión reactiva’ con una incapacidad del 25% de la t.o.. Señaló la experta también en sus conclusiones, que la actora tiene mucho sufrimiento porque siente que le han hecho el vació. No entiende porque con una brillante carrera como tenía, su intensa preparación la han tratado de semejante manera”, detalla el fallo, para corroborar lo decidido por el Tribunal.

Los magistrados concluyeron que la accionante logró demostrar la existencia del hostigamiento laboral ejercido por sus superiores “desde su incorporación al Departamento de Relaciones Públicas”.

Principalmente, por los dichos de una testigo de los que se desprendía “un desempeño laboral incuestionable dentro del Departamento de Reciclaje, con grandes progresos, al punto de resultar merecedora de una promoción dentro del departamento donde se desempeñaba, lo que se contrapone abiertamente con lo señalado por la demandada en su responde en cuanto a que la actora no cumplía satisfactoriamente sus tareas”.



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