20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

¿Por qué faltan tanto a las mediaciones de Familia?

Los Tribunales de Familia de Jujuy tienen su agenda completa de audiencias de mediación, y muchas de ellas no se celebran por ausencia de las partes. El STJ decidió prorrogar la ayuda para esas causas,y llamó la atención para que las notificaciones a las partes se hagan "en debido tiempo y forma".

 

En 2012 el Superior Tribunal de Justicia de Córdoba había atendido los reclamos de un magistrado del fuero de Familia , que había solicitado "la afectación de dos letrados para desarrollar la instancia conciliatoria en las causas de naturaleza urgente e impostergable que se presentan a diario".

La razón era que el calendario de audiencias se encontraba cubierto y no existían fechas disponibles "con la inmediatez que la problemática lo requiere". En subsidio a ese pedido, el juez pidió que "se habilite personal del Departamento de Mediación que por su experiencia pueden realizar un aporte positivo para el tratamiento de estas cuestiones, pero bajo la Jurisdicción del Juez de la Causa para la toma de decisiones urgentes e impostergables".

El Máximo Tribunal provincial atendió esos reclamos, y mediante la Acordada 130/2012, por la cual habilitó a la Directora y Funcionarias que cumplen tareas en el Departamento de Mediación del Poder Judicial, por el término de seis (6) meses contados a partir del Octubre de ese año, para intervenir en las distintas causas que se asignen, y bajo la Jurisdicción de los jueces de Familia.

Un nuevo informe de la Directora del Departamento de MEdiación, Emlira m. de Tezanos Pinto, puso de manifiesto que "la visualización de los números vinculados a la ausencia de partes es harto elocuente, por lo que debemos hacer especial hincapié que el desgaste que supone tanto el Tribunal de Familia cuanto en el Dpto. de Mediación la fijación de fechas de audiencia que en definitiva no se llevan a cabo por no asistir alguna de las partes o ambas".

Para la funcionaria, "esto sin duda atenta contra la celeridad del proceso de mediación, que se describe como un ventajoso y rápido procedimiento", lo que generaba una mayor dificultad, que se veía agravada porque no se envíaban los expedientes con antelación, "lo que en muchos casos significa que partes y abogados no saben en definitiva donde se realizará la audiencia, ya que se los ha notificado para concurrir al Dpto. y constituidos en el mismo no se encuentra el expediente el que en el mejor de los casos si llega, lo hace con una demora considerable, que desencadena el enojo tanto de los justiciables cuanto de sus letrados".

Pese a ello, la funcionaria destacó que la intervención del Departamento de Mediación ha sido beneficiosa para la resolución de casos, lo que fue pcorroborado por el Fiscal General que aseguró que "de un total de 361 audiencias llevadas a cabo, 271 fueron convenidas exitosamente", por lo que estimó conveniente prorrogar la vigencia de la Acordada 130/2012 y, a fin de mejorar la manera de notificar, postuló porque los Tribunales trabajen "por un más eficiente sistema de notificación, y verificación de la confección de diligencias al respecto".

El Alto Cuerpo se hizo eco de ello y dictó la Acordada 191/2014, por la cual prorrogó la vigencia de la resolución anterior, por un año más, e hizo saber a los jueces de los Tribunales de Familia "que deberán arbitrar los medios necesarios a los fines de efectuar las notificaciones en debido tiempo y forma, así como procurar la expedita remisión de los expedientes correspondientes ello en procura de evitar el fracaso de las audiencias de mediación por ausencia de los obrados".

"Este Superior Tribunal tiene presente que las Vocalías del Tribunal de Familia, presentan una considerable carencia de disponibilidad calendaria para la fijación de las distintas audiencias, habiendo reservado sólo algunos días por mes, para cuestiones de Violencia Familiar, Protección de Personas, Exclusiones de Hogar, Reintegro de Menores y otras medidas cautelares, de carácter urgente", reconocieron los magistrados Sergio Ricardo González, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Sergio Marcelo Jenefes y Clara Aurora De Langhe de Falcone.

Por lo tanto, teniendo en cuenta "la prioridad que otorga cada Vocalía a los casos urgentes", el Cuerpo consignó que "si bien los mismos merecen especial atención, no por ello las causas que a criterio no califican como tales, deben sufrir algún tipo de dilación –en el caso en la fijación de fecha de audiencia-, ya que en definitiva todas persiguen la resolución de un conflicto, de la índole que fuere, debiendo darse respuesta a los justiciables en un tiempo prudencial, en pos de una justicia efectiva y confiable". La forma de darle solución al problema fue, entonces, extender el plazo de vigencia de la ayuda de la Dirección de Mediación.



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