20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Respondió el gobierno al juez Garzón

Federico Storani dijo que la Argentina va a estudiar los pedidos de detención que hizo Baltazar Garzón. El pedido del juez español complica políticamente al gobierno de Fernando de la Rúa.

 
Federico Storani debió salir ayer al cruce del juez español Baltazar Garzón que insistió en su pedido de captura internacional -menos en la Argentina- de 96 militares acusados de violaciones a los Derechos Humanos. El ministro del Interior aseguró esta mañana por radio que el Gobierno argentino va a "estudiar los pedidos" de captura que formuló el juez español Baltazar Garzón contra 48 ex jefes y oficiales de las Fuerzas Armadas y policiales -existen uno anterior de otros 48 que se le hizo al ex gobierno de Carlos Menem- que actuaron en la represión.

Si bien señaló que luego serían girados a la Justicia, Storani se reservó el derecho de ser analizados en el marco de la ley local. Eso significa que no se va a acceder a la extradición porque el Código Penal argentino no contempla el delito de genocidio, contenido en la legislación europea para juzgar al nazismo. De todos modos, para De la Rúa -recién ingresado a la Internacional Socialista- significa un serio problema: por un lado debe diferenciarse de Menem, que hizo de este tema una defensa a ultranza de los militares, por el otro debe apaciguar el frente militar y a su vez, ser congruente con su propia posición cuando rechazó la extradición de Augusto Pinochet pedida por el mismo Garzón.

Las declaraciones de Storani son las siguientes:
- La República Argentina va a hacer actuar a la Justicia; no va a hacer un planteo de no colaboración. Pero sí de enmarcarse completamente dentro de la ley.

- La posición de este Gobierno se diferencia en mucho de la gestión anterior. El ex presidente Menem había dado instrucción de bloquear y no dar curso a los pedidos formulados desde la Justicia española sobre los casos de represión ilegal en la Argentina, vinculados especialmente con la apropiación de menores.

- La competencia puede ser discutible en algunos casos, pero habría que dar curso a la Justicia para que decida.

- Hay que ver en cada caso en particular cuál es su situación procesal. No se puede hacer un planteo genérico. Si se comprueba ya esa persona ya ha sido juzgado por el delito por el que se lo requiere, obrará el principio de cosa juzgada.

- Vamos a respetar la ley y sobre todo nuestra legislación. De todos modos no descarto que prosperen los requerimientos si los delitos son de acción continuada o si se pueden haber aportado nuevas pruebas.

- Lo primero que hay que aclarar a todo el mundo es que en Argentina existieron juicios. En Argentina hubo condena y aún a pesar de instrumentos legales como la ley de Punto Final y Obediencia Debida, y el indulto, aún muchos de ellos no fueron alcanzados por esos beneficios legales sencillamente porque los delitos, por ejemplo de la apropiación de niños, estaban excluidos.

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dju / dju
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