04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Los jueces buscan el veto de De la Rúa

La Asociación de Magistrados solicitó una audiencia al Presidente para que vete el artículo 9 de la ley que derogó el dos por uno, creando un sistema de controles a la mora de los jueces penales en cabeza del Consejo de la Magistratura.

 
La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación solicitó hoy una audiencia al presidente Fernando de la Rúa, en la que le solicitarán que vete el artículo 9 de la ley que derogó el denominado dos por uno, que establece un sistema de controles a la mora de los jueces penales en cabeza del Consejo de la Magistratura.

Por otro lado, el consejo directivo de la entidad que agrupa a los magistrados advertirá a De la Rúa en la audiencia, que existe una voluntad generalizada –aunque deberá comprobarse en la actitud de cada juez- de declarar la inconstitucionalidad de la norma en el caso concreto y de no hacer efectivo el procedimiento de información que ésta establece ante el Consejo.

De acuerdo al comunicado firmado por el presidente de la Asociación, Juan Carlos Fernández Madrid, el artículo cuestionado “afectaría la independencia del Poder Judicial de resultar promulgado en definitiva”. El presidente de la Nación tiene la facultad de vetar este artículo, sin por eso tener que volver hacia atrás con la derogación del dos por uno (artículo 7), consensuado en todos los niveles políticos aunque cuestionado en el ámbito académico.

Precisamente al referirse sobre la independencia del Poder Judicial en diálogo con Diariojudicial.com, uno de los vicepresidentes de la entidad, explicó que “no se trata de que no existan controles, sino de que esos controles no afecten la independencia del Poder Judicial”. La oposición a la norma “es independiente de cualquier pedido de juicio político en el Consejo”, y que “sí se podría pedir la comunicación de las prórrogas si se tratara de la recolección de estadísticas en ejercicio de la función de superintendencia del Consejo”.

El artículo 9 de la ley prescribe la obligación de los jueces penales de comunicar al Consejo de la Magistratura los motivos de la prórroga de la prisión preventiva, los de su cese y las razones por las que no se puede celebrar el juicio oral y público. Además de las reservas de constitucionalidad, muchos magistrados cuestionan también las complicaciones burocráticas que, de prosperar, generará el nuevo sistema de control.

La Comisión de Asuntos Penales del Senado dictaminó luego de la visita de los miembros de la Asociación –después de que saliera la ley de Diputados hacia la Cámara Alta- que lo dispuesto en la norma “es una injerencia administrativa en la actividad jurisdiccional”. Cumpliendo con el requisito de los dos tercios de los votos, el Senado en pleno quitó el artículo de la ley, que luego volvió a incorporar Diputados.

El artículo cuestionado fue incorporado al proyecto de ley por pedido de Acción por la República, el partido de Domingo Cavallo, una semana antes de que el ministro de Economía volviera el Ejecutivo.

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dju / dju
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