De esta forma la petición del consejero se encuentra en análisis en la Comisión de Labor del Consejo, cuerpo donde se estudia qué curso van a seguir las denuncias o los pedidos de investigaciones, y que de resultar aprobada será remitida a la Comisión de Acusación, donde se deberá sortear un consejero instructor de la causa.
Para Orio, “en virtud de las manifestaciones del magistrado, ante la destrucción de pruebas irrelevantes y encontrándose la causa en la etapa del juicio oral y público, podría importar la comisión del delito tipificado en el artículo 255 del Código Penal, que se refiere a la destrucción de elementos probatorios”.
El representante de los abogados hizo hincapié en que “se trata de hechos irreproducibles, pruebas muy valiosas para la causa que instruye, por lo que además la conducta del juez podría configurar mal desempeño en su función”.
Orio, si bien integra las comisiones de Disciplina, Selección y Reglamentación y no la de Acusación –el órgano encargado de llevar adelante los pedidos de juicios políticos contra magistrados-, puede realizar pedidos de investigaciones como miembro del Consejo de la Magistratura.
Acerca de si los magistrados tienen la facultad en la etapa de instrucción de deshacerse de pruebas relacionadas a la causa cuando lo consideren necesario, el abogado agregó que “hay que analizar qué pruebas fueron destruidas” y advirtió que, en todo caso, “eso lo tendría que haber ordenado la Cámara o un Tribunal Superior”.
En la carta dirigida a Nazareno, Orio recordó que según informaciones periodísticas, el juez Galeano tenía a su cargo la instrucción del atentado terrorista contra la AMIA y habría procedido a destruir videos y otros elementos técnicos probatorios de importancia para la investigación y dilucidación de la causa.
Por tales motivos sostuvo que “teniendo en cuenta la gravedad de lo públicamente denunciado sobre la presunta conducta del magistrado” es pertinente solicitar “al Presidente del Consejo tenga a bien poner en conocimiento de la Comisión de Acusación estas actuaciones para que realice la investigación de los hechos denunciados”.
El presidente de la Cámara, Martín Irurzun, dispuso extraer testimonios de la presentación formulada por Alberto Zuppi, el abogado de Memoria Activa, organización que nuclea a familiares de las víctimas del atentado contra la AMIA, quienes aseguraron que el juez Galeano había ordenado destruir filmaciones con declaraciones de imputados en la causa.
Por sorteo la investigación penal de ese hecho recayó en el juzgado federal a cargo de Jorge Urso. El magistrado deberá investigar si Galeano incurrió en violación al articulo 255 del Código Penal, que reprime “con prisión de un mes a cuatro años al que substrajere, ocultare, destruyere o inutilizare objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente, registros o documentos confiados a la custodia de un funcionario o de otra persona en el interés del servicio público”.
Galeano había admitido ante el Tribunal Oral Federal 3 la destrucción de esas filmaciones que constituían “elementos de trabajo y su contenido constaba en actas”, y de “otros elementos técnicos no exigidos por la legislación procesal”, que durante un tramo de la instrucción se utilizaron para analizar presuntas líneas de investigación, en forma conjunta con el personal del juzgado y los equipos policiales afectados.
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