El imputado, Héctor Arriola fue condenado también a un mes de prisión de ejecución condicional, con costas, por ser autor penalmente responsable del delito de defraudación y a su vez a la condena condicional citada, en los términos del artículo 27 bis del Código Penal.
En la novedosa resolución judicial, el magistrado señala que los viajes vinculados al transporte gratuito se deben hacer en el radio de La Plata exclusivamente con jubilados y pensionados y con personas discapacitadas que "acrediten fehacientemente carecer de medios ad hoc, a los fines de la realización de trámites inherentes a su condición de tales".
Para garantizar el cumplimiento de la condena se "oficiará por parte de quien ejecute esta medida a diversas instituciones locales haciendo saber sobre la medida a favor de sus asociados".
Calificados voceros del juzgado señalaron a Diariojudicial.com que "de lo que se trata es que el imputado en lugar de ir un mes a la cárcel donde puede ser motivo de eventuales problemas, pague con un servicio a la comunidad, por que hay que determinar que el delito es también contra la propia comunidad".
Respecto de si había una afectación del derecho de propiedad del imputado, por su obligación de disponer durante dos horas del taxi en forma gratuita los mismos portavoces indicaron que "en definitiva no sería tan dramático el gasto en gas oil como sí lo sería lo que deje de ganar durante esas dos horas, pero hay una cosa que es clara: se está evitando un mal mayor que es que el imputado directamente prive de un ingreso mensual a su familia si es que cumple con una condena efectiva en la cárcel".
La condena condicional se viene aplicando en distintos casos desde 1994 y se aplica en forma simultánea a la figura de la denominada "probation" que es aplicada previamente a la realización del juicio oral y mediante un acuerdo entre las partes.