Balza fue beneficiado la semana pasada cuando la Corte se pronunció por la no existencia de una asociación ilícita en la causa por la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia, en la que estaba procesado como “organizador”, y tras ese pronunciamiento obtuvo la excarcelación, pero continúa procesado y detenido en el fuero Penal Económico, por el delito de contrabando.
La defensa del militar, detenido en una unidad de Campo de Mayo, reclamó la libertad de Balza señalando que el fallo de la Corte había sostenido que los decretos “son ordenes dictadas en el ejercicio de las atribuciones que le confiere al presidente la Constitución”, pero la Cámara advirtió que precisamente en ese fallo quedó sentado que “el contrabando es un hecho que al menos por el momento resulta ajeno a esta causa”.
De ese modo los camaristas Carlos Pizzatelli, Marcos Grabivker y Roberto Hornos dejaron sentado que la Corte no había entrado a analizar el delito por el cual Balza fue procesado por el juez Julio Speroni.
De todos modos, la apelación a esa medida todavía se encuentra pendiente de resolución por parte de la Cámara.
El defensor hizo extensivo el pronunciamiento de la Corte a los convenios firmados por el Ejército y Fabricaciones Militares, por los cuales el arma que encabezaba Balza entregaba material en desuso como parte de pago de la reparación de cañones que luego fueron enviados a Croacia, según surge de las investigaciones.
Al respecto indicó que no puede ser ideológicamente falso el egreso de efectos del Estado bajo el amparo de esas normas, ni constituir el delito de contrabando, por el cual fue procesado.
En cambio, la Cámara advirtió que “aquellos posibles delitos (falsedad ideológica) no han sido objeto de la resolución impugnada ante esta Sala”, al reforzar esa posición con un pronunciamiento del propio Speroni en el cual el magistrado sostenía que “no es atribución del tribunal” hacer “referencia sobre la posible falsedad ideológica de los convenios”.
Asimismo, destacó que por la sola circunstancia de que Balza “ha sido puesto en libertad en otra causa como consecuencia de lo resuelto por la Corte en la misma, no se revela la procedencia de la adopción de igual medida en estas actuaciones, cuyo objeto es diferente”.
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