04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Ratifican a Menem en la conducción del PJ

La juez Servini de Cubría dictó una medida cautelar para que el justicialismo tenga un órgano de conducción, ya que nunca se constituyó la comisión de Acción Política creada en el Congreso partidario de Lanús.

 
Ante el riesgo de acefalía, la juez federal con competencia electoral de esta capital, María Servini de Cubría, reconoció transitoriamente al Consejo Nacional Justicialista como máximo organismo de conducción partidario, al no haberse constituido la llamada Comisión de Acción Política creada en un Congreso que sesionó en Lanús el pasado 20 de noviembre,.

La Comisión de Acción Política debía estar conformada por los gobernadores de las provincias justicialistas y por representantes de las dos CGT, pero ese cuerpo, que desplazaba en sus funciones al Consejo, relegándolo a tareas administrativas, nunca llegó a constituirse, y es probable que algunos de los mandatarios no hubieran otorgado su consetimiento para conformarla.

Según la juez federal electoral en el Congreso del Justicialismo se traspasaron facultades a un órgano “inexistente hasta el momento”.

De esta forma Servini de Cubría hizo lugar sólo parcialmente a una medida cautelar planteada por varios militantes del partido y no resolvió respecto del fondo de la demanda iniciada por César Arias, es decir, sobre la nulidad del Congreso liderado por Eduardo Duhalde mientras que Carlos Menem todavía estaba detenido con prisión preventiva por la causa de las armas.

Según la juez, si bien en la causa se ha acreditado la decisión de crear la “Comisión de Acción Política”, no existen constancias de que esa voluntad se haya concretado en los hechos. “No se encuentra acreditado que la mencionada Comisión se hubiera constituido, que haya sido implementada en la realidad, ni que quienes fueron designados como miembros naturales de la misma hayan aceptado el cargo conferido”, sostuvo Servini de Cubría.

Quizás en el párrafo más fuerte de la resolución, la juez expresó que “nos encontramos ante la particular circunstancia producida pro el hecho del traspaso de facultades esenciales para la conducción partidaria, a un órgano inexistente hasta la fecha”.

Por eso, la magistrada explicó que “en la actualidad se configuraría una suerte de acefalía partidaria, en cuanto se verifica la inexistencia de un órgano ejecutivo conformado, capaz de adoptar resoluciones para llevar adelante eficazmente la actividad partidaria”.

De esta manera, Servini suspendió el traspaso de facultades que se había realizado en el Congreso partidario y sostuvo que “resulta aconsejable... dejar que dicho órgano continúe ejerciendo aquellas facultades que le fueron acotadas en su oportunidad y que permiten la citada conducción política partidaria”.

La resolución no toca la cuestión de fondo del amparo, y por esa razón otras medidas adoptadas por el Congreso de Lanús, por ejemplo la intervención al distrito capital, en manos de Eduardo Duhalde se mantiene firme, así como también una medida similar en el distrito Corrientes



dju / dju
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