04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

No todo es el corralito en esta vida

En un caso que, por una vez, no involucra al corralito financiero, la juez Clara Do Pico ordenó que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados brinde asistencia hospitalaria a una mujer.

 
La juez de feria Clara Do Pico le ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.J.P ) que arbitre los medios necesarios para que la sucursal VI, de la capital Federal, le brinde a una mujer el nivel de “cobertura IV” que necesita por su estado de salud.

De esta forma, la magistrada hizo lugar a la medida cautelar que solicitó Lidia Díaz para que el I.N.S.S.J.P le preste la asistencia social y hospitalaria que su hija María Rodríguez recibía hasta junio de 2001, cuando fue interrumpida.

En ese sentido, Do Pico consideró que los “certificados médicos obrantes en autos y los términos de una disposición del gerente de la Sucursal I de la provincia de Tucumán del Instituto, autorizan el traslado de la hija de la actora a la Capital Federal para el control y tratamiento de su enfermedad.

En su fallo, la juez afirmó que debe tomarse en cuenta que este caso se está poniendo en juego “el derecho a la vida y a la salud de Rodríguez” y racalca que la protección de la mujer “no puede permitir demora alguna”.



dju / dju
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