28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Feriado

La Corte Suprema, con el objetivo de colaborar con la caótica situación del fuero en lo Contencioso Administrativo, declaró un feriado de quince días habíles para las causas que no sean relativas a procesos de amparos y pedidos de medidas cautelares.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió declarar feriado durante el plazo de quince días para todos los tribunales que conforman el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, para el trámite de "todas las causas que no estén vinculadas con procesos de amparos, pedidos de medidas cautelares y toda otra cuestión de urgencia que requiera una pronta solución".

Además, por la acordada número siete, los ministros le sugieren al Poder Ejecutivo Nacional la necesidad de que se propicie una medida consistente en habilitar a jueces de otos fueros para entender en las causas referentes a las normas del denominado corralito bancario.

Respecto de la feria, la decisión se tomó por unanimidad. En cambio, la petición para que se habiliten los otros fueros no tuvo los votos de los jueces Augusto Belluscio, Enrique Petracchi y Gustavo Bossert, quienes sólo se pronunciaron por el primero de los puntos.

Para llegar a esa decisión, los magistrados consideraron la situación de excepcionalidad en la que se enmarca la medida y justifican que los mismos hechos los llevaron a dictar la acordada tres en donde extendieron por cinco días hábiles, en su momento, los plazos para la presentación de amparos en contra del decreto 1570/01 y sus modificaciones.

En ese sentido, afirmaron que tomaron la medida con el fin de “mantener una adecuada administración de justicia evitando perjuicios a derechos de los litigantes que cuentan con amparo constitucional”.

De esta forma los ministros intentan descomprimir la situación que se vive en los doce juzgado del fuero que hasta la fecha llevan ingresados alrededor de 80 mil amparos, cuando aún restan sortear varios días de presentaciones, ante lo cual se podría llegar a una cifra cercana o superior a las 100 mil presentaciones en contra de las normas del PEN.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486