22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

No y no

Por mayoría, la Corte Suprema ratificó su negativa de enviar declaraciones juradas a la Comisión de Juicio Político. Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia.

 
La Corte Suprema de Justicia ratificó la negativa de remitirle a la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados las declaraciones de juradas de los integrantes del Tribunal, invocando una acordada del año 2000 donde se establece que dichos informes sobre el patrimonio de los ministros eran de consulta pública pero dentro del Palacio de Justicia y ante la presencia del Administrador General.

De esta forma los jueces señalan que según lo establece la ley 25.188 en su artículo 10 “cualquier persona podrá consultar y obtener copias de las declaraciones juradas presentadas con la debida intervención del organismo que la haya registrado y depositado”, con la previa presentación de una solicitud en la que se deben indicar entre otras cosas los datos del o los solicitantes de los documentos.

Respecto de la resolución, que fue aprobada por mayoría absoluta, comentaron que mediante la acordada 1/2000, el tribunal puso a disposición para su consulta las declaraciones patrimoniales juradas de los ministros, las que quedaron en sobre cerrado bajo custodia del Administrador General, Nicolás Reyes, por lo que la única restricción es que sólo se podrá acceder a ellas en el Palacio de Justicia.

Ante esta decisión de los ministros, los integrantes de la Comisión parlamentaria que impulsa el juicio político a los miembros del tribunal deberán trasladarse al edificio de Talcahuano 550 si desean si la documentación, que tendría gran importancia para el futuro proceso.

Al respecto, el ministro Carlos Fayt accedió a que se conozca su declaración jurada, pero remarcó que la misma se deberá hacer según lo dispuesto según el artículo 9 del reglamento que se firmó en la acordada 1/00, que dispone “que en caso de admitirse el pedido, la Administración General fijará el día y la hora en que el peticionario deberá concurrir para consultar la declaración jurada notificación que también será remitida al magistrado o funcionario para que también este presente en el acto. La actuación se llevará acabo con la presencia de un director de la Administración elegido a tal efecto. De solicitar copia previo cumplimiento de las normas del arancel de vigencia, se entregará en sobre cerrado que deberá ser firmado por el Administrador General, de lo que se dejará constancia en el expediente”.

En tanto, en disidencia votaron los jueces Augusto Belluscio, Enrique Petracchi y Gustavo Bossert, quienes acordaron remitir las copias solicitadas por la comisión.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486