04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Ya llegó

La Corte Suprema recibió, vía recurso extraordinario del Estado Nacional, la causa donde se hizo lugar a un amparo colectivo presentado por el Defensor del Pueblo de la Nación por el cual se declaró la inconstitucionalidad de las normas que impusieron el corralito, la pesificación y la reprogramación de depósitos.

 
La Corte Suprema recibió un nuevo recurso de apelación en contra de una medida de la Cámara del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal por el cual se hizo lugar a un amparo colectivo que se presentó desde la Defensoría del Pueblo de la Nación por el cual se declaró la inconstitucionalidad de las normas que impusieron el corralito, la pesificación y la reprogramación de depósitos.

El Máximo Tribunal ya puede tratar el recurso que el Estado presentó en contra de la resolución de la Sala V del fuero contencioso administrativo federal, en donde el último 13 de septiembre se había confirmado la sentencia de la juez de primera instancia Emilia Marta García.

Los camaristas Pablo Gallegos Fedriani, Carlos Grecco y Luis Otero hicieron lugar al pedido de recurso extraordinario que se presentó desde el Banco Central y la Procuración del Tesoro de la Nación.

Al conceder el recurso, los jueces no se expresaron sobre la supuesta gravedad del fallo, que mencionaron desde el Estado, al tiempo que remarcaron que el mismo no era “arbitrario”.

Para los jueces, “el pronunciamiento impugnado exhibe suficientes fundamentosfácticos y jurídicos que lo habilitan como acto jurisdiccional válido".

La Cámara, en esa oportunidad, confirmó dos fallos de primera instancia de la juez Emilia García en las causas "Defensor Del Pueblo de la Nación C/ En-Pen Dtos 1570/01 Y 1606/01 S/ Amparo Ley 16.986" y "Defensor Del Pueblo de la Nación - Inc. Dto 1316/02 C/ En-Pen-Dtos 1570/01 Y 1606/01 S/ Amparo Ley 16.986".

Recordemos que el 26 de agosto último Mondino se entrevistó con los ministros Julio Nazareno y Eduardo Moliné O´ Connor y en esa oportunidad analizaron el fallo que por esos días se estaba sustanciando en la Sala V a la espera de una solución.

En este amparo el Defensor había solicitado que se declarase la inconstitucionalidad de las normas que impusieron el denominado corralito financiero y luego, en un incidente, pidió también la nulidad del decreto 1316/02 que frenó por 120 hábiles la salida de dinero de los bancos por la vía judicial.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486