En la resolución, que Diariojudicial.com publica íntegra, los camaristas Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani entendieron que el archivo del expediente ordenado por Bonadío no corresponde porque no hay pruebas suficientes para “adoptar un temperamento definitivo” en el expediente, y criticaron al juez porque “no se avanzó en el camino que permita corroborar o desechar una eventual responsabilidad dolosa o negligente” por parte de Movicom.
Insistentemente y a lo largo de la instrucción, la querella exigió que el presidente de la empresa, Mauricio Wior, explique las razones de los coincidentes movimientos de registros y controles que dificultaron el seguimiento de las comunicaciones pesquisadas.
La investigación se inició por las diferencias entre un primer pedido de informes a Movicom sobre la ubicación de los teléfonos de Juan José Ribelli en la zona de Villa Ballester y un segundo, que los ubicó en Avellaneda.
Así, del primer estudio se desprendía que los celulares de los hombres de la Brigada de Lanús estaban en la zona de entrega de la camioneta Trafic, mientras que el segundo corrigió la información y los ubicó en la zona de asiento de la brigada.
Para los querellantes de la AMIA, lo inquietante del caso es que el segundo informe se realizó a pedido de un comisario bonaerense, Luis Carnagui, en el marco del sumario interno que la fuerza realizó sobre el por entonces ya detenido comisario Ribelli. Por eso, pidieron al juez que investigara también a Carnagui, ante la posibilidad que el segundo informe se hubiera fraguado. Pero el juez no hizo lugar al pedido y archivó la causa.
Ahora, Cavallo y Vigliani entendieron que el pedido de la querella era “pertinente” y ordenaron al magistrado de primera instancia que incorpore al expediente una copia del sumario administrativo que instruyó Carnagui.
Además, los camaristas indicaron a Bonadío que incorpore a la causa los testimonios de varios empleados y directivos de Movicom y técnicos en telefonía celular que declararon sobre este punto en el juicio oral y que evalúe la posibilidad de volver a citarlos, siguiendo en este punto otro pedido de la querella.
En otra resolución conocida hoy, la cámara rechazó una “sanción de apercibimiento” que el juez Bonadío había elevado contra el abogado de la AMIA Miguel Bronfman, también en el marco de la misma causa.