El hecho ocurrió el 14 de Octubre de 2003 y de acuerdo a la resolución y lo relatado por el travesti de apellido Rojas en momentos en que este se hallaba ofreciendo sus servicios sexuales en la calle Oro y Pasaje Zola, Lovaiza se le acerco en su automóvil preguntando cuanto cobraba para decirle luego que subiera al auto.
Retomando la marcha transitaron por calle Oro hasta Nicaragua donde giraron hasta la intersección con Thames trayecto en el cual Lovaiza luego de entregarle 20 pesos le habría dicho que había fumado porro y bebido alcohol, pidiéndole luego que consiguiera cocaína.
Según Rojas, luego de esto pidió ser llevado al lugar donde había sido “levantado” ya que “en esas condiciones no podría tener relaciones sexuales” y ya en el lugar de origen, luego de bajar del auto le fueron requeridos los 20 pesos entregados, negándose a devolvérlos.
Ante el requerimiento por parte de Lovaiza, dos travestis que estaban en la zona se acercaron al vehículo, por lo que se retiró regresando minutos después reclamando la suma entregada. Ante una nueva negativa, le habría propinado un golpe de puño efectuando luego disparos de armas de fuego.
Por su parte, Lovaiza expresó en su declaración que en momentos en que circulaba por la intersección de las calles Oro y Pasaje Zola, ante una importante cantidad de travestidos que llamaban la atención por su exhuberancia, uno de ellos se subió al vehículo sin que se lo permitiera preguntando si requería algún servicio sexual y ante su negativa éste tomo veinte pesos que se hallaban en el tablero diciendo “gracias por la propina”.
Al bajar del rodado, “porque no pensaba regalarle el dinero” se dirigió adonde estaban los travestidos y le dijo que quien le había sacado el dinero se lo devolviese, y ante la negativa se identificó como subcomisario de la policia, momento en el que “destacó se desató el problema” ya que comenzaron a increparlo recibiendo un golpe desde atrás.
Ante esto y “llegado el momento de resolver la situación procesal de Lovaiza”, la magistrada dispuso la falta de mérito en virtud de lo normado por el art. 309 del Código Procesal Penal de la Nación. Asimismo ordenó realizar sobre Lovaiza una pericia médica en relación a los dichos de Rojas en cuanto que lo vio “hilarante”.