Al resolver la situación los ministros del cuerpo enfatizaron que las mismas se podrían modificar salvo circunstancias excepcionales, pero manifestaron que en el caso en cuestión las mismas no se daba ni se encontraban acreditadas.
Los ministros al tomar la decisión siguieron los criterios del Procurador General de la Nación, Nicolás Becerra, que en su dictamen se había manifestado en contra de la voluntad de los diputados de poner en lugar de conjueces a los abogados de la matricula.
Este pleito comenzó cuando Moliné O´Connor, recusó a la senadora Cristina Fernández de Kirchner ante la Cámara Alta, que luego de evaluarlo rechazó el pedido por lo que el suspendido juez presentó un recurso directo ante la Corte, al igual que lo hizo en relación a la suspensión dispuesta por el órgano legislativo.
Ante tal panorama, los ministros de la Corte se excusaron de intervenir en todas las causas que impulse su colega suspendido y resolvieron sortear, entre los presidentes de todas las cámaras federales a nueve conjueces.
Por su parte los diputados Ricardo Falú, Nilda Garré y Carlos Iparraguirre presentaron una impugnación ante el supremo tribunal ya que interpretaron que los conjueces por ser magistrados inferiores no serían imparciales, lo cual fue rechazado.
Con ese pronunciamiento la Corte marcó su posición y dispuso que de ahora en más todas las presentaciones de Moliné O´Connor deberán ser resueltos por los conjueces magistrados sorteados por la Corte y no por abogados tal como se pretendía en diputados.