Así lo resolvieron los camaristas Juan Rodríguez Basavilbaso y Alfredo Bisordi, con la disidencia de Liliana Catucci, en un incidente de apelación a la confirmación en la Sala “B” de la Cámara Penal Económico del fallo del juez de primera instancia Julio Speroni, que había denegado el año pasado la exención de prision planteada por el abogado de Palleros, Isaac Wieder.
En un fallo de 16 carillas al que tuvo acceso Diariojudicial.com, los jueces por mayoría basaron su voto en la interpretación del fiscal Juan Martín Romero Victorica, quien entendió que eximir de prisión a Palleros era razonable para lograr “el avance” de la investigación.
Después de recordar que Sudáfrica, país donde vive el ex militar, rechazó dos veces sendos pedidos de extradición la “expectativa de que el imputado esté sometido” a los tribunales argentinos es “nula o casi inexistente”, pues está “a cubierto de cualquier contingencia en lo que a su libertad ambulatoria respecta”.
Palleros se refugió en Sudáfrica cuando su situación en la causa por el contrabando agravado de armas argentinas a Ecuador y Croacia comenzaba a transitar los estrados judiciales y desde el mismo fuero le habían denegado en doble instancia el beneficio que hoy se le acuerda en Casación. Eso fue promediando el año 1995 y desde allí se mantuvo en silencio, aunque comenzó a hablar hace algo más de un año y prometió volver a la Argentina si no lo detenían.
Palleros intermedió en la venta de material bélico argentino a Ecuador, cuando este país estaba en guerra por Perú por los territorios limítrofes de la “cordillera del Cóndor”. Según otro traficante, Jean Bertrand Lasnaud, que declaró y tiene falta de mérito en la causa, el ex coronel argentino le contó que “(el ex presidente Carlos) Menem sabía” de la maniobra.
Esto fue desmentido por Palleros desde Sudáfrica a través de una carta presentada en el juzgado de Speroni por el abogado Wieder, dijo que “jamás” tuvo trato “comercial o personal” con Menem.
En el dictamen en el que se basan los camaristas de Casación, el fiscal Romero Victorica indicó que “se torna aconsejable facilitar” la declaración de Palleros en la causa para que “de esa manera contar con su versión de los hechos, para avanzar en la investigación”.
También, el representante del ministerio público ante la Cámara de Casación dictaminó que “lo único que puede justificar la privación cautelar de la libertad es la posibilidad concreta que el imputado intente obstaculizar la realización de los fines del proceso penal. Por más que la imputación y su penalidad sea un indicio posible, no podrá bastar para fundar por sí la necesidad de mantener encarcelado al imputado”.
Por su parte, al recurrir en queja en Casación, el defensor Wieder argumentó que a otros imputados en la misma causa con una situación similar a Palleros, se les concedió la exención de prisión en la misma Sala I de Casación.