Por medio del departamento de Educación de la comuna, la Dirección de Cultura podrá realizar un estudio de los usos de Internet y de esta manera educar a los jóvenes sobre el buen uso de la red.
El artículo 1º de la norma, prohíbe el ingreso y permanencia a los menores de 18 años de edad, desde las 22 y hasta las 6 de la mañana, salvo que se encuentren en compañía de un familiar mayor de edad. Para los juegos en red, los menores de 18 años tienen prohibido su uso por más de 2 horas.
El objeto de la norma, que fue inicialmente trabajada y discutida con padres, comerciantes y especialistas, busca regular el uso de la red ante el abuso, y generar con datos certeros un perfil de lo que realmente hacen los niños, jóvenes y adolescentes, cuando se sientan frente a una computadora con conexión a Internet.
La norma propone un sistema de bloqueo a través de filtros, para evitar sitios pornográficos. Estos filtros se instalaran en un servidor proxy y se enviarán informes quincenales a la comuna a través del correo electrónico generando así una base de datos que actualizará permanentemente el bloqueo.
La Dirección de Cultura será la encargada de realizar una muestra estadística bimestral sobre los usos de internet y las características de los juegos en red y obtener información fidedigna para instrumentar estrategias educativas.
La ordenanza estipula que la comuna será la encargada de canjear el pago de tasas de comercio municipales con los prestadores o responsables del servicio, por horas gratuitas de internet, destinadas a la capacitación y desarrollo de proyectos escolares en los colegios de Godoy Cruz.
Los comerciantes se verán obligados a colaborar con la propaganda sobre campañas educativas y de prevención de adicciones en tanto que las máquinas de los cíber deberán exhibir como protector y fondo de pantalla, material que recibirán por mail a través de la comuna y que estará destinado a promover acciones educativas y preventivas.
En su artículo 10° la norma establece que “La no observación de esta Ordenanza por parte de los efectores que prestan servicio de Internet y de juegos en red, será susceptible de la aplicación de sanciones monetarias hasta la clausura.”