“A los tres meses de asumir, el Dr. Busti, gobernador de la provincia, derogó el decreto de Emergencia Ambiental, dictado por el gobierno anterior, y dictó un nuevo decreto que autoriza que se practiquen los desmontes con un trámite administrativo en el que están obligados a acompañar un plan de sustentabilidad del suelo” dijo a DiarioJudicial.com el Dr. Jorge Oscar Daneri, abogado del Foro Ecologista de Paraná.
Y agregó “nosotros interpusimos una acción de Amparo Ambiental en el cual le pedimos a la jueza que restablezca la Emergencia Ambiental, que prohíba la desforestación en la provincia y que establezca un plazo de dos años para la conformación de la estrategia Provincial de Diversidad Biológica”.
Con fecha del 3 de junio, la titular del juzgado de Instrucción 3 de Paraná, Dr. Leonor Pañeda firmó la sentencia en la que resolvió "hacer lugar a la acción de amparo promovida por los actores Foro Ecologista de Paraná, Sergio Daniel Verzeñassi, Diego Rodríguez y Jorge Oscar Daneri, contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y en consecuencia, librar mandamiento al señor Gobernador de la provincia ordenando a la demandada abstenerse de aplicar las normas del decreto número 1317/04 PS en cuanto regla la autorización de desmontes del bosque nativo en el territorio provincial, sólo a los fines de su concesión, debiendo por tanto, abstenerse de otorgar permiso alguno hasta tanto se cuente con estudios de impacto ambiental que confieran certidumbre respecto de las consecuencias de los permisos y prohibiciones que fuera menester disponer en la materia y precisen sus alcances, y se dicten normas –permanentes o transitorias– que cumplimenten la finalidad legal contenida en la Constitución Nacional, Artículo 41, y Ley 25.675 y aseguren adecuada y suficientemente su preservación, bajo los apercibimientos a los que hubiere lugar".
En el fallo completo, la magistrada, además de reconocer la crítica situación de los bosques nativos entrerrianos, esto fue corroborado por la prueba que elaboraron las universidades de la región, estimó que el decreto 1317/04, cuestionado por el Foro Ecologista, propone medidas que "no sólo son insuficientes (…) sino todo lo contrario, son arbitrarias ante el desconocimiento del impacto ambiental que la prosecución de la actividad de tala y desmonte puede generar en recursos naturales actualmente degradados". Ello, consideró, coloca a los bosques "en peligro de daño grave e irreversible con compromiso para su uso y goce por las generaciones presentes y futuras".
A partir del fallo judicial, el Estado deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que la provincia de Entre Ríos se convierta realmente en un espacio "sano" y "equilibrado" para el desarrollo de la vida, tal como plantea el Artículo 41 de nuestra Constitución.
”Este fallo va a tener un incidencia muy significativa sobre otras provincias. Es el primero de estas características en todo el país. En la provincia de Chaco hay una acción similar presentada en la Justicia pero aún no tiene sentencia” asegura Daneri.
El Estado provincial, a través de la Fiscal de Estado apeló y la causa se elevó a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
“Hemos presentado un memorial hace una hora al Superior Tribunal y vamos a agotar todas las instancias posibles. Si el tribunal anula el fallo vamos a intentar llegar a la Corte e incluso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos” agregó el abogado del Foro Ecologista.