La iniciativa postula, entre otros puntos, "suprimir la actual distinción entre jueces nacionales en lo Criminal, jueces nacionales en lo Correccional, jueces nacionales en lo Criminal y Correccional Federal y jueces nacionales en lo Penal Económico".
La medida -según sus autores- quiere dar respuesta y superar "el actual fraccionamiento y las disparidades entre los distintos sectores en que se han dividido las competencias" y de esa manera mejorar y hacer una "más racional y eficiente asignación de tareas y recursos".
En los fundamentos, se apela a una cita del especialista Mario Oderigo que sostiene que el "sistemático fracaso" en la unificación de fueros federales y ordinarios se debió a que "los poderes políticos, mejor dicho, las personas que los integran, prefieren que hayan pocos jueces federales porque es más fácil entenderse con esos pocos que con los muchos que integran la Justicia ordinaria"
.En la actualidad hay doce juzgados federales, y la mayoría de sus titulares fueron designados durante la década del ´90, durante la presidencia de Carlos Menem. Más adelante, se sostiene que "el fuero correccional actualmente se encuentra degradado y considerado como de segundo orden" y que sus "juzgados se encontraban colapsados antes de la reforma del año 1992".
En cuanto a la asignación de competencias vigente, el proyecto indica que está "basado en un fraccionamiento de especialidad" que en la práctica "se traduce en notables dificultades para materializar una administración de Justicia ágil, dinámica y eficiente".
Días atrás, la nueva integrante de la Corte Suprema, Elena Highton, le dijo a DiarioJudicial.com que “realmente no tiene un sentido que uno pueda decir que esto no puede cambiar” en directa alusión al funcionamiento de la Justicia Federal de la Capital Federal. Y agregó: “Yo creo que como hay dificultades, el barajar y dar de nuevo es una buena oxigenación. Esto puede traer más confiabilidad en la ciudadanía”.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo remitió al Senado el proyecto de ley para crear el sistema de juicio por jurados, que también integra el llamado Plan Estratégico de Seguridad anunciado hace dos meses por el ministro de Justicia, Gustavo Beliz.
La propuesta contiene la puesta en marcha del referido sistema para "los delitos, imputados como dolosos, que hayan causado la muerte de una o más personas, y los que ellos concurran según las reglas de los artículos 54 y 55 del Código Penal".Asimismo, "se extenderá su competencia" para los delitos "contra la administración pública".
Este proyecto se suma a uno presentado tiempo atrás por el senador riojano Jorge Yoma, que difiere únicamente en los delitos que abarca.
La nueva iniciativa contempla la posibilidad de "opción", por la cual "el imputado podrá "personalmente o a través de su defensor "renunciar al juicio por jurados", pero para ello será "necesaria la anuencia de la otra parte, el Ministerio Público Fiscal o el acusador particular". Y si hubiera "varios imputados, se requerirá la conformidad de todos ellos", sostiene en el art. 3 del mencionado proyecto.
En cuanto a los requisitos para ser jurado, que integrarían doce titulares y seis suplentes, la propuesta dispone "tener entre 25 y 75 años de edad", "haber completado la educación básica obligatoria", "contar con pleno ejercicio de los derechos políticos".
Además, "tener domicilio conocido y profesión, oficio, industria, empleo u ocupación habitual", contar con "aptitud física y psíquica" y "residencia permanente no inferior a 5 años" en jurisdicción del tribunal competente.
Quedarían excluídos, por lo tanto, todos los funcionarios públicos, abogados, jueces, miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, y los imputados, procesados y condenados por la Justicia.
El veredicto de "culpabilidad requerirá nueve votos" del total del jurado, mientras que "el de no culpabilidad requerirá el voto favorable de siete de los miembros".
En los considerandos, el proyecto alude a los "reclamos que parten de diversos sectores de la comunidad de la República, particularmente referidos a la falta de independencia de ciertos órganos judiciales respecto del poder político, así como a demandas de un mayor control y participación de la ciudadanía en la actividad judicial".Y agrega que "la Justicia penal" requiere de "un cambio sustancial que implique un mayor grado de imparcialidad, transparencia y eficiencia el que no debe postergarse". Va la pena recordar que éste sistema está previsto por la Constitución Nacional en tres artículos hace ya más de ciento cincuenta años.
En la entrevista que concedió a este medio, la Dra. Elena Highton también se refirió a esta iniciativa. “Si bien habría que implementarlo, yo sugiero empezar por una experiencia piloto de pequeña envergadura con algunos tribunales que estén preparados o que sean adaptados y con delitos de menor cuantía para ir practicando”, dijo.