20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Emplazan a jueces penales para avanzar en causas de derechos humanos

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja otorgó un plazo de 90 días a los magistrados de la provincia para poner al día las causas en las que se investigan presuntas violaciones a derechos humanos por parte de miembros de las fuerzas de seguridad y/o otros organismos del Estado Provincial. TEXTO COMPLETO

 
En el acuerdo del pasado 30 de marzo, con la presidencia de Francisco E. Martínez e integrado por Angel Roberto Avila y José Nelson Luna Corzo, el tribunal riojano emplazó a los jueces a acelerar la tramitación de las causas por DD.HH. ante la pronunciada morosidad que registran las mismas.

Las investigaciones más demoradas, con cuatro o cinco años sin ningún avance, están relacionadas con la muerte de jóvenes en dependencias policiales que, según la versión inicial de la fuerza, se trató de suicidios. Asimismo, hay casos de muertes (supuestamente también por suicidio) fuera de comisarias, en circunstancias que involucrarían a agentes o funcionarios públicos. También están pendientes de resolución la desaparición de varias personas, sobre todo mujeres.

Vencido el plazo, el tribunal "dispondrá la substanciación de sumarios administrativos para determinar las causas de la morosidad", indicaron los ministros en el acuerdo al que accedió este medio.

En su voto, Luna Corzo advirtió que "existen diversas causas en las que se investigan supuestos ilícitos que involucran a fuerzas de seguridad y/u otros organismos del Estado provincial, en relación a la situación de ciudadanos que sufrieran daños en sus personas y vida" y que "se han denunciado demoras en su resolución", lo que, consideró, "afecta la debida prestación del Servicio de Administración de Justicia", ante lo que se hizo necesario tomar "medidas correctivas".

Por las demoras, varios familiares de los afectados decidieron hacer las denuncias correspondientes de las que “podrían surgir responsabilidades de agentes del Estado, y eventualmente y como consecuencia de ello, de la propia Provincia, con afectación directa del erario público e indirecta de la comunidad toda, aportante del mismo”.
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Por su parte, el juez Avila formuló en su voto una fuerte crítica a algunos magistrados porque se advierte que "el sumario judicial es generalmente una ratificación de las actuaciones policiales, y si a ello le sumamos la escasa capacidad investigativa, obtenemos como resultado ineficacia", en especial en "estos casos de muertes sin esclarecer que, a pesar de los años transcurridos, todavía no se determinó en algunos de ellos si fue homicidio o suicidio, cuando ello hubiese sido el eslabón inicial para atribuir tales conductas a los supuestos autores".

Dado a esta indisimulable preocupación general por causas irresueltas o sin respuestas para las víctimas, Avila propicio también, tal como lo establece el inciso 8º del Art. 47 de la L.O.P.J., que se investiguen los incumplimientos señalados, denunciados por las partes, y en su caso se impongan los correctivos correspondientes.

Por ello, el Tribunal Superior de Justicia resolvió notificar a los titulares de todos los Juzgados de Instrucción, en los que se encuentren radicadas causas en torno a las cuales se hayan formulado denuncias respecto de graves afectaciones de los derechos humanos de las supuestas víctimas, para que las mismas tengan un diligenciamiento expedito de modo que las respectivas etapas instructorias sean concluidas en un término que no podrá exceder de los noventa (90) días desde la toma de conocimiento de la presente.

Y advirtió que una vez cumplido el término referido sin que se hubiere concluído la instrucción de alguna o varias de las causas de que se trata, dispondrá la realización de un sumario administrativo a los fines de establecer las causas de la morosidad, adoptando a su conclusión la resolución que resulte pertinente, en el marco de sus atribuciones legales.

dju / dju
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