01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Consentimiento para una transfusión

La Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de Rosario ratificó una sentencia de primera instancia y rechazó la pretensión del actor, un hombre que era testigo de Jehová, quien sostenía no haber estado consciente al momento de aceptar una transfusión de sangre mientras estaba internado en un hospital. Para el tribunal estaba lúcido y comprendió las preguntas que se le realizaban.

 
Así lo decidió la alzada, ante el recurso interpuesto por Fabriciano Solís, Testigo de Jehová, contra los médicos que lo atendieron y la la escribana que labró el acta que permitió la transfusión, de esta forma confirmo al resolución adoptada por el juez de primera instancia.

El actor se encontraba internado en el Hospital Clemente Álvarez de Rosario en estado de coma farmacológico. En ese momento dada la necesidad y gravedad de su cuadro, los médicos recomendaron realizar una transfusión de sangre. Ya que el paciente es Testigo de Jehová y por precepto religioso tiene prohibida la transfusión de sangre, se solicitó la presencia de una escribana, quien en presencia y a solicitud del padre del enfermo procedió a labrar el acta correspondiente para permitir la práctica médica. La esposa del paciente, Cayetana Vallejos, revistó la calidad de testigo.

En cuanto a la causa penal tramitada por el delito de falsificación de documento público -supuestamente la escritura labrada al lado del lecho del paciente-la denuncia fue archivada, ya que se consideró que las pruebas reunidas en el momento no eran las suficientes para sostener la acusación.

La cámara de esta forma aceptó que los hechos narrados en la escritura eran ciertos. El paciente al momento de ingresar al nosocomio firmó una declaración en la que sostenía oponerse a la realización de una transfusión de sangre. Es por ello que los médicos pidieron al juez interviniente la autorización para realizar la transfusión dado el estado crítico del enfermo. El juez de primera instancia consideró que el paciente tenía derecho a cambiar de opinión por lo cual autorizó la medida y desestimó el reclamo del recurrente.

El órgano revisor, considero que el paciente pese a estar en coma farmacológico, se encontraba lúcido y que comprendió las preguntas que se le realizaban y que por ende dio el consentimiento para la transfusión. También cita los testimonios de los médicos, que sostienen que el enfermo sólo se encontraba en ese estado, con la finalidad de soportar el funcionamiento del respirador artificial que tenía conectado. En su decisorio, la alzada sostiene que de la historia clínica obrante surge que al momentos de realizarse la escritura, al paciente ya se le había suspendido la administración de las drogas que inducen a ese coma . A su vez, se menciona que cuando se realizó el acto de certificación ante escribano, se le había retirado el respirador artificial y se encontraba con mascarilla de oxigeno.

De esta forma, la Cámara Civil y Comercial decidió en voto unánime desestimar el recurso del paciente, por considerar que el mismo otorgó el consentimiento para la realización de la transfusión de sangre, y resaltó que en caso de no existir tal consentimiento, la práctica médica no pudo haberse realizado al considerar que el tratamiento impuesto contra la voluntad del paciente constituye un acto ilegitimo y antijurídico.



dju / dju
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