18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Brevatas

Habilitan días feriados para juzgar a Galeano | Faltó quórum en el Consejo: un sólo miembro fue al último plenario | Otorgan competencia a Casación para conocer en excarcelación de extranjero | Establecen plazo para realizar reclamos al padrón electoral | Presentaron el Digesto Jurídico de San Luis | Salió Mes Judicial.

 
Postergación

El inicio del Jury de Enjuiciamiento al suspendido juez federal Juan José Galeano por la causa AMIA fue postergado hasta el 20 de junio, ante la renuncia de una integrante del jurado por un «grave problema personal». El Jury que puede culminar con la destitución de Galeano debía comenzar el lunes, pero la dimisión de uno de sus nueve miembros, la jueza Haidé Vázquez Villar, obligó a buscar reemplazante y postergar una semana más el inicio del proceso. Para evitar demoras en un juicio que tiene como fecha tope el 9 de agosto para dictar sentencia, los miembros del Jury decidieron habilitar el feriado nacional del lunes 20 -a partir de las 14-, y realizar audiencias todos los demás días desde las 8, incluso el sábado 25 y el domingo 26 de junio.

Ausentes

Lo que iba a ser la última reunión plenaria del Consejo de la Magistratura, no lo fue por falta de quórum. Sólo se presentó uno de los 20 integrantes del cuerpo, Luis Pereira Duarte, representante de los abogados. Fuentes del consejo le dijeron a este medio que advertidos de la segura falta de quórum los consejeros desistieron de ir. A esto hay que agregarle las ausencias con aviso de Lino Palacio, con licencia médica, y Beinusz Szmukler, fuera del país. El orden del día de la sesión era muy breve, sólo tenía 6 puntos, en virtud que la semana anterior se había realizado un plenario extraordinario. Sin embargo, se iba a tratar un tema que genera polémica: la modificación del régimen de exámenes psicofísico y psicotécnico que se le realizan a los candidatos a jueces. Quedará para la próxima.

Excarcelación

La Corte Suprema declaró mal concedido el recurso de apelación ordinario, -en autos caratulados “Breuss, Ursus Víktor s/ detención preventiva con miras a extradición - incidente de excarcelación”-. El actor está requerido por la Justicia de la República Suiza, que pretende su extradición para ser juzgado por el delito de tráfico de estupefacientes agravado cometido en forma reiterada. La causa llega a esta instancia a raíz de la denegación de excarcelación dispuesta por el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº. 5. Pero la Corte entendió que el recurso fue mal concedido toda vez que, el art. 33 de la Ley 24.767 sólo contempla como resolución apelable directamente ante el alto tribunal, la sentencia que decide si la extradición es procedente. Por ello establecieron que no cabía incluir dentro de su ámbito el auto de denegación de excarcelación, aún cuando sea equiparable a sentencia definitiva. Además, señalaron que mal podría la Ley 24.767 asignarle competencia a la Cámara de Casación Penal, o en su caso, a las cámaras federales respecto de estas cuestiones puesto que en su art. 26 dispone que, en los procesos de extradición, "no son aplicables las normas referentes a la eximición de prisión o excarcelación..." salvo disposición en contrario de la propia ley. Pero también entendieron que la competencia de Casación o de las cámaras federales quedó habilitada, en este caso, a partir de la remoción de aquel obstáculo legal con la declaración de inconstitucionalidad que se decretó en la causa. Con lo cual, para el tribunal, cobró virtualidad el sistema que para regular la libertad ambulatoria fija el Código Procesal Penal de la Nación, que incluye no sólo los presupuestos formales y materiales que rigen la exención o excarcelación, sino también los recursos y los órganos judiciales con competencia para resolverlos. Así, con el fin de que pueda ejercer sus derechos federales ante el tribunal intermedio, la Corte habilitó los plazos pertinentes a partir de la notificación de la recepción de los autos en el juzgado de primera instancia. Todo lo cual fue firmado por los ministros Enrique Petracchi, Carlos Fayt (según su voto), Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay. Por su parte, y en disidencia se pronunció Antonio Boggiano, al entender que correspondía equipara a definitiva la resolución apelada, pues a diferencia de lo acaecido en aquellos precedentes, ésta fue dictada con posterioridad a la decisión del juez de primera instancia que concedió la extradición por lo que puede traducir agravios de imposible reparación ulterior. Además, porque el magistrado entendió que no había sido tachado de inconstitucional el art. 26 de la Ley 24.767. No obstante, concluyó interpretando que los agravios del apelante carecían de la debida fundamentación por lo cual entendió que debía declararse desierta la apelación interpuesta.

Elecciones

El Juzgado Federal Electoral, a cargo de María Romilda Servini de Cubría, ha informado que con motivo de las elecciones internas abiertas y simultáneas de los partios políticos o alianzas electorales a efectuarse el día 7 de agosto de 2005, los ciudadanos tienen plazo para realizar reclamos al padrón provisorio hasta su vencimiento, el día 3 de julio del corriente –inclusive-. Para ello deberán dirigirse, con documento de identidad, a la secretaría electoral de la Capital Federal, oficina “coordinación técnica”, sita en la calle Tucumán 1320, en el horario de 7:30 a 13:30 hs. Por otra parte, basados en las mismas elecciones, pero para presentar reclamos para la elección de candidatos a ocupar cargos legislativos nacionales, se informa a los ciudadanos que quieran solicitar la desafiliación al partido en el que figuran inscriptos, que deben presentarse en la oficina de “partidos políticos” de la misma secretaría electoral, en el mismo lugar y horarios. Por último, se agrega que las novedades registradas con posterioridad al 29 de mayo de 2005 inclusive, no figurarán en el padrón.

Digesto

El vicepresidente Daniel Scioli encabezó este miércoles el acto de presentación del Digesto Jurídico de la provincia de San Luis, que fue elaborado por los senadores y diputados provinciales durante más de un año y medio de análisis y que permitió ordenar y acotar la legislación provincial. Para su elaboración, los legisladores siguieron una rigurosa metodología y revisaron cada una de las más de 6.400 normas que estaban vigentes, de las cuales 404 de ellas, quedaron ratificadas. La nueva legislación fue compilada en dos volúmenes, lo que permitirá un acceso más fácil y rápido para lo que será el marco legal de convivencia jurídico y social de la provincia.

Mes Judicial

Ya está en la calle El Mes Judicial. La nota central se titula ¿Hacia un nuevo proceso penal? En la que se realiza un análisis crítico sobre la realidad de nuestro sistema judicial y se reflexiona sobre los procesos de reforma que se impulsan en nuestro país y en Latinoamérica. Puede conseguir esta publicación gratuita en los centros de distribución de todo el país, para más información visite nuestra pagina www.elmesjudicial.com.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486