20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Por qué quebró el Banco de Iguazú

La Corte Suprema rechazó la demanda promovida por Eduardo Figueroa, accionista mayoritario del Banco del Iguazú S.A., que intentaba ser resarcido por los daños que, según él, le había ocasionado el obrar del Banco Central al disponer la intervención de la entidad financiera. La Corte determinó que esos daños fueron producto de la conducta de las autoridades estatutarias. FALLO COMPLETO

 
Lo determinó el máximo tribunal, al confirmar la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que había rechazado íntegramente la demanda promovida contra el Estado Nacional y el Banco Central de la República Argentina. El accionante pretendía ser resarcido de los daños y perjuicios que entendía le fueron ocasionados por el obrar del BCRA, al haber dispuesto la intervención cautelar de la entidad financiera y haber seguido una conducta que condujo a su liquidación.

La Corte sostuvo que los daños alegados por el actor no son atribuibles a la conducta del Banco Central, sino a hechos que son imputables a la administración llevada a cabo por las autoridades estatutarias del Banco del Iguazú, que se encontraba en una grave crisis con anterioridad a la intervención cautelar ordenada por el ente rector del sistema financiero.

Por otra parte, la Corte puntualizó que la legitimidad de la resolución del Banco Central que dispuso revocar la autorización para funcionar del Banco del Iguazú, había sido confirmada mediante una resolución de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, dictada en el año 1994, y que había quedado firme.

Así lo decidieron por unanimidad los ministros Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carmen Argibay.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486