La Justicia electoral de la provincia de Buenos Aires le rechazó la candidatura de Cruciani como senador y diputado nacional porque “no pudo acreditar la residencia”, según informaron a este medio fuentes judiciales. El ex juez en lo Penal Económico encabeza las listas del partido “Confederación Vecinal” para las próximas elecciones de octubre. En la lista de diputados, lo acompaña la ex juez de menores Irma Lima; en tanto que para senadores nacionales Cruciani comparte la lista con la contadora Mariana De Alba y con José Piyorno, que fue presidente de la Asociación de Abogados. Cruciani presentó este lunes una revocatoria con apelación en subsidio, y anunció que en caso que le rechacen el recurso va a acudir a la Cámara Electoral. Consultado por este motivo, el ex juez aseguró que “soy un tipo medio peligroso porque en la encuestas voy bien”. Según el artículo 48 de la Constitución Nacional, los candidatos deben acreditar dos años de residencia en el lugar donde se postula y cuatro como ciudadano argentino.
Testimonial
El presidente Néstor Kirchner declaró este lunes por escrito en el juicio que sigue adelante el Tribunal Oral Nº 7 de Lomas de Zamora, que investiga las responsabilidades por la muerte de los piqueteros Maximiliano Kosteki y Darío Santillán el 26 de junio de 2002. Según fuentes del Ejecutivo, el primer mandatario dijo que no tuvo ninguna responsabilidad en la denominada masacre de Avellaneda, y destacó que cuando ocurrió la brutal represión judicial él se desempeñaba como gobernador de Santa Cruz. Kirchner también resaltó la apertura de los archivos de la SIDE, que dispuso a través del Decreto 538/05, y la remisión de todos los antecedentes relacionados con el caso a la fiscalía correccional y criminal federal Nº11. Para declarar por escrito, el Presidente se amparó en la Resolución 768 de la Corte de la provincia de Buenos Aires, del 23 de diciembre 1968, que exceptúa al primer mandatario de declarar personalmente en causas penales que se tramitan en la provincia.
Recurso
Cuando los jueces regresen de su descanso invernal, tendrán que definir si conceden o rechazan la extradición de Sergio Galvarino Apablaza, el terrorista del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), reclamado por el Estado chileno, que lo acusa de homicidio y secuestro. Sin embargo podemos observar que el criterio de la Corte en este sentido ha sido más que aclarado al rechazar recientemente la extradición del miembro de la organización separatista vasca ETA, Jesús María Lariz Iriondo. Aquella vez, los integrantes de la Corte consideraron que el delito por el que España perseguía al etarra había prescripto para la ley argentina. La Corte considera que los únicos delitos que no se agotan en el tiempo son los cometidos contra la humanidad. Por ende los atentados y los crímenes ejecutados por el terrorismo no son de lesa humanidad. Lariz Iriondo fue imputado por España de perpetrar un atentado con bomba contra miembros de la fuerza de seguridad.
Recomposición salarial
Los empleados judiciales de Córdoba lograron un aumento de entre 320 y 550 pesos en sus salarios. Lo hicieron al aceptar una propuesta del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia (TSJ). Sin embargo, reclaman que sus sueldos se equiparen a los de los empleados judiciales de Santa Fe y Entre Ríos.