22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Un tema pesado para las obras sociales

El próximo martes la Comisión de Acción Social y Salud Pública analizará diversos proyectos de ley que buscan prevenir la obesidad y facilitar los tratamientos quirúrgicos para combatirla. Algunas de las iniciativas proponen que el Ministerio de Salud considere a la obesidad como una enfermedad.

 
Actualmente existen varios proyectos que intentan construir un marco jurídico para la prevención y tratamiento de la obesidad. Entre los que serán analizados el próximo martes 16 de mayo se encuentran: dos proyectos de Baigorri y Marino; el proyecto de Solanas y Lauritto; el proyecto del vicepresidente de la Comisión Acuña Kunz, quien tendrá también en cuenta un proyecto de ley presentado por el abogado particular Monastersky; y el proyecto de ley de Herrera.

Las iniciativas de Baigorri y Marino, 0458-D-2006 y 0459-D-2006 , tienen por objeto promover la prevención, tratamiento y rehabilitación de los enfermos de obesidad. Busca establecer, además la obligatoriedad por parte de las Obras Sociales y la medicina prepaga de todo tratamiento e intervención relacionada con la obesidad, inclusive los aspectos psicológicos de la enfermedad.

Establece obligaciones para la autoridad de aplicación, entre las que se encuentra coordinar acciones con el Ministerio de Salud. Además, buscan llevar adelante un Programa Nacional de Lucha contra la obesidad, a fin de que la población tome conciencia de las consecuencias de la obesidad, sobre todo de las enfermedades asociadas.

Por su parte, el proyecto de Solanas y Lauritto, 1456-D-2006 , establece la obligatoriedad para las Obras Sociales y empresas de medicina prepaga de cubrir de manera integral el tratamiento, medicación y cirugía para aquellos que padecen la obesidad.

Se destaca el proyecto presentado por el vicepresidente primero de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, Juan Erwin Bolivar Acuña Kunz, 1546-D-2006 . Declara primeramente de interés nacional la lucha contra la obesidad, instruye al Ministerio de Salud para que incorpore a la obesidad como una enfermedad, y que su prevención y tratamiento formen parte del PMO (Programa Médico Obligatorio).

Aporta además una definición de la obesidad: ”enfermedad metabólica, crónica, poligénica y de heterogeneidad fenotípica caracterizada por el incremento en el porcentaje de tejido adiposo corporal, acompañado por exceso de peso, cuya magnitud y distribución condicionan la salud psicofísica del individuo.” (Artículo 3º del proyecto).

Exige también que los hospitales públicos cuenten también con el personal y las herramientas necesarias para tratar la enfermedad. Agrega el proyecto, que las entidades públicas, privadas y sociales deberás cubrir totalmente los costos de las prácticas quirúrgicas para tratar la obesidad (v.gr. By-pass gástrico, entre otros).

Establece además obligaciones a la Autoridad de Aplicación, quien no sólo tendrá una función de contralor, sino que deberá impulsar el desarrollo normativo y organizativo de la prevención y tratamiento de la obesidad.

Este mismo legislador, se comunicó con el abogado particular Jorge Monastersky , por lo que su iniciativa estará presente en la discusión.

En ella constan disposiciones similares del último proyecto comentado, con la diferencia que se establece clara y expresamente que la autoridad de aplicación será la Superintendencia de Servicios de Salud (Ministerio de Salud de la Nación).

Su norma busca incorporar directamente en el PMO la prevención, tratamiento y cirugías contra la obesidad, con cobertura en gran cantidad de campos de la salud.

Por otro lado, la iniciativa de Herrera, 2316-D-2006 establece un Programa Nacional de Lucha contra la Obesidad que entre otras cuestiones incorpora a la currícula de la educación primaria, secundaria, y de pre-grado de carreras relacionadas con la salud, conocimientos sobre la problemática de la obesidad, como así también la educación física obligatoria.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486