La nueva normativa establece la información que deberá requerir todo registro a cada una de las propiedades que se ingresen al sistema, como pueden ser la exigencia de una declaración jurada de cada uno de los propietarios de los inmuebles registrados, la realización de una georreferenciación parcelaria y territorial y la confección de censos para verificar la información.
Define también los conceptos básicos de los objetos del registro, como las parcelas y sus límites, imponiendo nuevas certificaciones como la catastral, la cual tendrá por principal finalidad acreditar –una vez registrado el inmueble o el territorio- la relación de dominio y demás derechos reales entre el titular poseedor del certificado y la cosa.
Obliga a realizar una valuación parcelaria por parte de los organismos catastrales, a los fines de determinar lo más exacto posible las situaciones fiscales de cada uno de los propietarios y titulares de derechos reales.
Amplía las facultades del Consejo Federal del Catastro, foro creado por voluntad de los Estados provinciales desde 1958 –según se afirma en los fundamentos del proyecto-, el que deberá canalizar la información de los registros convirtiéndose en un registro abarcador de la información territorial de todo el país, fomentando y facilitando la tarea de los profesionales, ya que no será necesario ingresar en el registro local o provincial para obtener una completa información catastral del bien.
Se implementarán nuevas tecnologías, entre ellas el uso de la visión tridimensional del territorio –imágenes en 3D de los fundos e inmuebles-, como así también técnicas para el entrecruzamiento de información de diferentes distritos facilitando toda política sobre la distribución del territorio.
Estas medidas buscan también mejorar el llamado “gobierno electrónico”, posibilitando a los operadores del sistema contar con la mayor información posible, gracias a las ventajas técnicas necesarias, para mejorar la eficacia y exactitud de su accionar y de las políticas que sobre ella se apliquen.
Otra meta del proyecto es la aplicación de norma de calidad internacionales como las ISO, a fin que el aparato burocrático no sea una mera jaula de hierro al decir de Weber, sino por el contrario una herramienta eficiente.
Los legisladores del ARI no apoyaron la iniciativa por no tener en cuenta la propiedad territorial de las comunidades originarias reconocidas en la Constitución Nacional.
El proyecto de ley, aprobado con modificaciones, fue remitido al Senado de la Nación a fin de que se apruebe tal como está o se insista con el texto original y posteriormente será remitido al Poder Ejecutivo nacional para su promulgación.
Al cierre de esta edición, las modificaciones no fueron dadas a conocer, ya que se encontraban a la firma del presidente de la Cámara, ya que la sanción de Diputados se llevó a cabo en las últimas horas del 4 de octubre.