01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

La Corte perdió la paciencia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación intimó al Estado Nacional a que en el plazo de veinte días adopte las medidas oportunas para hacer cesar la situación de riesgo e inseguridad de los presos de las cárceles de Mendoza. Los jueces ordenaron el cumplimiento estricto de las observaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. TEXTO COMPLETO

 
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay, integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos caratulados “Lavado, Diego Jorge y otros c/Mendoza, Provincia de y otro s/acción declarativa de certeza”, intimaron al Estado Nacional a que en el plazo de veinte días adopte las medidas adecuadas para hacer cesar la actual situación de peligro e inseguridad que sufren los reclusos de la Provincia de Mendoza.

En el último acuerdo, los ministros de la Corte debieron volver a exigir al Estado Nacional que se ocupe y de explicaciones respecto de la situación inhumana que padecen los presos de la Penitenciaría Provincial de Mendoza y de la unidad Gustavo André de Lavalle, la cual ha llegado hasta los estrados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La Comisión, en marzo del año pasado, había aconsejado a la Argentina revertir la situación de peligro de los reclusos mencionados, al no ser compatible con el sistema de derechos establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Posteriormente, y tras presentaciones judiciales de familiares de detenidos en las cuales se daba cuenta de que la situación de los prisioneros no había cambiado, el 6 de septiembre del 2006, la Corte pidió al Ministerio de Justicia de la Nación y a la Provincia de Mendoza que informen sobre las medidas que tomaron y tomarán para cumplir el dictamen del organismo supranacional.

Solo de cuatro hojas constó el informe presentado por el Ministro de Justicia, mientras que la Provincia de Mendoza se esmeró un poco más y presentó dieciséis. Tras estos informes, los familiares de los detenidos continuaron acompañando pruebas de que la situación carcelaria seguía idéntica y que nada había cambiado.

Acompañaron notas periodísticas de los medios de comunicación de la provincia que daban cuenta de que continuaban los hechos violentos en la prisión, y que los agentes carcelarios no podían controlar la situación en el penal. Incluso, sacaron testimonio a sentencias judiciales en las que se ordenaba el cese del agravamiento de la situación de detención de los detenidos.

Estos hechos obligaron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tomar una posición activa en el caso, a fin de evitar que la Argentina sea sancionada internacionalmente por no cumplir con las recomendaciones de la Comisión y por violar el Pacto de San José de Costa Rica –CADH-.

En su carácter de máxima defensora de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Nacional y los pactos internacionales, intimó al Estado Nacional a que en el plazo de veinte días realice toda actividad conducente para evitar el agravamiento de la situación de detención de los internos de las cárceles de Mendoza –artículo 18 CN-.

Además, dispusieron los ministros de la Corte que el Estado Nacional deberá informar cada veinte días qué medidas se encuentra adoptando para mejorar la situación de detención de los internos y evitar los hechos violentos que originaron la presentación judicial.

Instruyó por último la Corte a los jueces de Mendoza –todas las instancias incluyendo a la Suprema Corte-, que dentro de sus competencias, y por disposición del Máximo Tribunal de la Nación, hagan cesar toda eventual situación de agravamiento de la detención o cualquier otro tipo de trato cruel, degradante o inhumano.



dju / dju
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