04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Piden la opinión de la Corte Interamericana

Los bloques mayoritarios de la Cámara de Diputados le solicitaron al presidente Néstor Kirchner que remita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso de Luis Patti para que el Tribunal diga si el ex subcomisario puede o no asumir la banca que la Cámara le negó por su vinculación con la represión. La causa está a resolución de la Corte Suprema luego de que la Procuración concluyera que el Congreso excedió sus competencias al negar la asunción. Para los diputados el fallo `Bussi` de la Corte generó “un serio conflicto entre dos de los poderes de la República”.

 
La Corte Interamericana de Derechos Humanos podría llegar a dar su opinión sobre si el ex subcomisario Luis Patti puede o no ocupar su banca en la Cámara de Diputados. Así lo requiere un grupo de legisladores nacionales que firmaron un proyecto para que el presidente Néstor Kirchner gire el pedido de opinión al Tribunal internacional. El objetivo sería que se expida respecto de si Patti está moralmente habilitado para ocupar un cargo público, teniendo en cuenta su relación con los crímenes de lesa humanidad.

La iniciativa surge luego de que a fines de julio un dictamen de la Procuración General de la Nación dejara a Patti cerca de asumir su banca, algo a lo que los diputados se oponen. Actualmente es la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que está en condiciones de expedirse en ese expediente. El procurador Luis González Warcalde sostuvo que la Cámara de Diputados excedió “su potestad constitucional” al impedirle a Patti ejercer el cargo y le recomendó al Máximo Tribunal aplicar el fallo “Bussi”.

Se trata del caso del ex represor tucumano Antonio Bussi a quien también se le impidió asumir como diputado. En aquella situación, el Máximo Tribunal concluyó que la Cámara de Diputados no tiene poder “para negar la incorporación a un candidato electo, basándose en valoraciones materiales como la falta de idoneidad o la inhabilidad moral” y agregó que “mientras no se dicte condena judicial, no existe impedimento para que se ejerza el mandato popular”.

La diferencia entre ambos es que el caso Bussi se volvió abstracto ya que el mandato del ex represor venció antes de que la Corte resolviera el expediente. En cambio, la banca de Patti tiene mandato hasta 2009 y el ex subcomisario podría ocuparla a pesar de que actualmente asumió su suplente, Dante Camaño.

“Es trascendente destacar que la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al rechazar en su voto de mayoría las facultades de la Cámara de juzgar las elecciones, derechos y títulos de sus miembros, al fallar en el caso `Bussi`, ha generado un serio conflicto entre dos de los poderes de la República”, sostuvieron los diputados en el fundamento del pedido.

La iniciativa fue enviada a la Comisión de Asuntos Constitucionales y respaldada por: el presidente del bloque del Frente para la Victoria, Agustín Rossi, del ARI, Eduardo Macaluse, del Peronismo Federal, José María Díaz Bancalari, de Emancipación y Justicia, Claudio Lozano, y del Partido Nuevo, Raúl Merino, entre otros diputados como los kirchneristas Miguel Bonasso y Araceli Méndez de Ferreira. Estos últimos son quienes impulsaron el proyecto para que Patti no asuma. El pedido no fue firmado por la UCR y el PRO.

Puntualmente, los legisladores quieren que la Corte Interamericana “interprete los artículos 23 y 32 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos frente al supuesto de que personas que han participado activamente de gobiernos de facto que rompieron el orden constitucional y/o cometieron delitos de lesa humanidad, pueden ser excluidas de cargos electivos por esas razones” y también que “deslinde cuáles pueden ser las restricciones al ejercicio de los derechos políticos que garantiza la Convención”.

El artículo 23 enumera los derechos políticos de todos los ciudadanos y establece que una ley puede reglamentarlos “exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal”. Por su parte, el 32 señala que “los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática”.

La Convención fue sancionada en noviembre de 1969 y sus alcances pueden ser interpretados por la Corte cuando un Estado parte se lo pida.

Los diputados resaltaron que ya existió un fallo a favor como el que pretenden llevar al Tribunal. Se trató de una presentación en 1993 del ex presidente de facto de Guatemala Efraín Ríos Montt a quien la Corte Suprema de ese país le negó presentarse a elecciones. El Máximo Tribunal del sistema interamericano avaló la decisión del Tribunal local al sostener que “la condición de inelegibilidad para quienes lideran movimientos o gobiernos de ruptura del orden constitucional aparece en las sucesivas Constituciones de Guatemala desde principios de este siglo y es mantenida por las distintas reformas”.

La diferencia con el caso Patti es que nadie se opuso a que sea candidato y la negativa a que asuma su banca como diputado nacional por la provincia de Buenos Aires se produjo después de la elección de 2005. Además, el ex subcomisiario no fue condenado penalmente por ningún crimen durante la dictadura aunque tiene abiertas varias investigaciones.

Los diputados recordaron que Bussi y Patti no podían asumir sus bancas porque “no eran hábiles moralmente por haber sido partícipes de crímenes aberrantes durante la última dictadura militar, hechos que se probaron en sendos juicios políticos desarrollados en el ámbito de la Cámara, en procesos que respetaron cabalmente el derecho a la defensa de quienes aparecían como impugnados”.



dju / dju
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