En el comienzo de esta semana, Cristina Fernández de Kirchner calificó de “deudas de la democracia” el que los jueces no paguen Ganancias y, ante ello, la Asociación Civil Justicia Democrática emitió un irónico comunicado. Allí cuestionó las declaraciones de la presidenta electa, a pesar de que los magistrados integrantes de la institución, se mostraron de acuerdo en abonar el impuesto.
“Si fuera una deuda no pagar ganancias, paguemos, porque entonces resuelta esta cuestión menor en términos de excelencia institucional, seguramente no quedaría ninguna otra, y por lo tanto, todo lo demás que concierne a la independencia del Poder Judicial estaría logrado”, expresa el comunicado firmado por los camaristas Gerónimo Sansó y Marcela Pérez Pardo, presidente y secretaria de la Asociación respectivamente.
Sansó, vocal de la sala B de la Cámara Civil, reconoció que “a la larga o la corta los jueces van a pagar impuestos”, pero sostuvo que “hay otras deudas más importantes en la democracia”, y puso el acento en la ley que impulsó Cristina Kirchner y modificó la composición del Consejo de la Magistratura.
En ese sentido, el comunicado de Justicia Democrática sostiene que “la ley 26.080 que modifica el Consejo y el Jurado de Enjuiciamiento, es un claro, definido y terminante empeoramiento de la anterior 26.037; ha sido coincidencia y lo han dicho todos los constitucionalistas, Colegios y Asociaciones de Abogados, Asociaciones de Magistrados y Funcionarios, de nuestro país y del exterior”.
Además, expresa que “no se le escapa a nadie” que el Poder Judicial no ha conseguido “autogobierno y por ende auténtica independencia judicial”.
Anteriormente, fue el presidente de la Asociación de Magistrados, Ricardo Recondo, quien declaró haber estado de acuerdo con Cristina Kirchner sobre el pago de impuestos por parte de los magistrados, pero “siempre y cuando no haya rebajas en los sueldos”.
Por su parte, el juez en lo penal tributario Javier López Biscayart había remarcado en declaraciones a la prensa que “los jueces tienen una serie de privilegios garantizados constitucionalmente”, haciendo referencia al artículo 110 de la Constitución Nacional, que consagra la intangibilidad de los sueldos de los magistrados.
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