27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

México: proponen crear la figura del ?juez aleatorio?

La iniciativa fue presentada en el Estado de Nueva León y busca proteger la identidad de los jueces penales que dictan sentencia en causas vinculadas a la delincuencia organizada. El proyecto surgió luego de que la semana pasada un juez de Monterrey fuera asesinado en presunta venganza de personas a las que había condenado. Otros tres magistrados habían sido amenazados.

 
La peligrosidad de la delincuencia organizada es un tema que no sólo preocupa a la Argentina. En México, la inseguridad creada por esos grupos a llegado incluso a poner en peligro la vida de los jueces penales que juzgan sus delitos y es por eso que en el Estado de Nuevo León se estudia la posibilidad de incorporar la figura del “juez aleatorio”, que permitiría reservar la identidad de los jueces que dictan sentencia en esos casos.

La iniciativa fue presentada por el diputado del PAN, Gregorio Hurtado Leija, luego de que la semana pasada el juez de Monterrey, Ernesto Palacios López, fuese asesinado por un grupo de desconocidos en presunta venganza por sentencias que había dictado contra personas relacionadas con el crimen organizado.

Además, desde el Tribunal Superior de Justicia de Nueva León, se dio a conocer que al menos tres de los 20 jueces de lo penal que trabajan actualmente han sido amenazados y están teniendo protección especial.

La idea del “juez sin rostro” es que una vez llegado el proceso a la etapa de sentencia, el juez que actuó en su preparación remita el expediente completo al Tribunal Superior de Justicia para que éste, de manera aleatoria, designe a un juez penal. Es decir, un juez llevará el caso y otro condenará o absolverá.

“Tratándose de delitos tipificados en los artículos 165 bis, 176, 318, 325, 357 y 357 bis del Código Penal de Nuevo León, la sentencia será emitida por un juez distinto al de la sustentación del procedimiento, y será designado de manera aleatoria por el Tribunal Superior de Justicia de entre los titulares de cada juzgado de lo Penal”, dice la iniciativa.

Si bien Nueva León es el único estado mexicano en el que existen los juicios orales, los mismos no están previstos para ese tipos de delitos, referidos a la delincuencia organizada (art.176), el secuestro extorsivo (art.157 y 157 bis) y la tenencia de armas, entre otros. Estos delitos se juzgan a través de un proceso de instrucción que finaliza con una audiencia y luego, lo actuado se remite a un juez que es quien dicta la sentencia.

Con la protección de la identidad del juez, la resolución contendrá el número de asignación aleatoria que correspondió, sin incluir firmas, y la idea es que la identidad del magistrado se considere “información reservada”.

“A esto le podemos llamar “jueces aleatorios” para sentencia. Su principal objetivo es desvincular de la sentencia al juez que lleva a cabo todo el proceso penal; es decir, el que recibe al procesado el que emite el auto correspondiente; el que recaba las pruebas confesionales, documentales, testimoniales y lleva a cabo las conclusiones y la audiencia”, fundamenta la iniciativa.

dju / dju
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