22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La piratería en los tiempos modernos

La piratería en el mar es un delito que sigue vigente en nuestros tiempos, registrándose el año pasado más de 250 casos. Entre los más actuales se encuentran los secuestros a embarcaciones de Francia y España, que demuestran cómo los piratas de nuestro siglo lograron adecuar sus métodos para obtener rescates millonarios. La regulación de esta figura en nuestro país y su concepción a nivel mundial.

 
La piratería en el mar es una práctica que existe desde tiempos remotos y se mantiene en pleno siglo XXI, especialmente en el Océano Índico, y particularmente en las zonas adyacentes a la costa de Somalia.

Sin embargo, la piratería actual se diferencia de la clásica porque ahora los buques se abordan con lanchas rápidas, en horarios nocturnos y en forma sorpresiva, cerca de los islotes o de tierra firme donde se refugian los delincuentes.

Por lo general, se producen contra los buques que navegan por el Mar de la China, por el estrecho de Malaca (entre Indonesia y Malasia), en las costas de Bangladesh, en el Mar Rojo, en el golfo de Guinea, y aún frente a Ecuador y Colombia.

En su actuar, los piratas se apropian del buque y de su carga, y hasta se llega a repintar el casco de la nave, cambiar el nombre e incluso a matricularlo en registros de conveniencia como los que existen en Honduras, Myanmar y otros Estados. Así logran disfrazarlo y venderlo con todo lo que tiene adentro.

En la actualidad los hechos de piratería han cobrado gran trascendencia. Esto llevó a que países como Francia, Reino Unido y EEUU prepararan una resolución para combatir este delito. Así fue que el Consejo de Seguridad de la ONU elaboró un escrito en el que autorizaría a los países a luchar contra la piratería tanto en Somalia como en cualquier otro rincón del mundo.

El Estado francés busca que se realice una modificación del derecho marítimo internacional que permita la persecución de los piratas, sin los límites que establecen las aguas territoriales, en caso de flagrante delito, además de desarrollar patrullas marítimas internacionales en las áreas más peligrosas, como la zona entre Somalia y Yemen, el Golfo de Guinea y el Estrecho de Malaca, en Indonesia.

Esta decisión se desencadenó tras el secuestro de un atunero vasco asaltado por piratas somalíes en aguas internacionales del Oceano Índico, donde todavía no se llegó a un acuerdo monetario con los delincuentes. Este caso se suma al abordaje del velero francés en Somalía, donde estuvieron como rehenes los 30 miembros de la tripulación hasta que se pagó el rescate de dos millones de dólares. Posteriormente a la liberación de los afectados, se detuvo a los 6 piratas y se recuperó parte del botín.

Se trata de una práctica que está generando en ciertas partes del mundo, una inquietud a los navegantes y empresas marítimas, teniendo en cuenta que en el 2007 los ataques de piratas registrados a nivel mundial ascendieron a 263.

El acto de piratería está definido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) como “el acto ilegal de violencia o de detención, o todo acto de depredación cometidos con un propósito personal por la tripulación o los pasajeros de un buque privado”, o contra un “buque en alta mar, o contra personas y bienes a bordo de ellos, o contra un buque, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado”.

En el código penal la piratería en el mar se estipula como un acto delictivo, estableciéndose en el primer inciso del artículo 198 que “será reprimido con prisión de tres a quince años, el que practicare en el mar o en ríos navegables, algún acto de depredación o violencia contra un buque o contra personas o cosas que en él se encuentren, sin estar autorizado por alguna potencia beligerante o excediendo los límites de una autorización legítimamente concedida.”

El segundo inciso hace alusión a la piratería aérea, mientras que el resto de los apartados plantean otros supuestos como la utilización de violencia o engaño de los miembros de la tripulación con el fin de apoderarse del buque o la aeronave. El artículo 199, por su parte, plantea una pena agravada de diez a veinticinco años de prisión, en caso de que se cause la muerte a uno de los tripulantes del buque o en el avión.

También se distinguen diversos tipos de piratería entre la que podríamos llamar “de pequeña escala”, que recurre al abordaje del buque, al ataque o aún al asesinato de la tripulación para requisar los bienes que puedan encontrar a bordo. En cambio la “de gran escala” es llevada a cabo por bandas que cuentan con una buena organización de apoyo y se apoderan del buque, lo adecúan en algún puerto y reinscriben con un nuevo nombre por medio de una red de corrupción adecuada, en un registro internacional.

En el 2005 se denunció que el número de actos de piratería en el mar se habían elevado a cerca de 300. Entre los mismos se destacó el asalto de un barco español por un grupo de piratas somalíes comandados por mercenarios británicos, donde su armador tuvo que pagar un fuerte rescate, que hizo efectivo en Londres.

Otro caso característico ocurrió en el 2006 cuando se secuestró una nave de carga que transportaba 850 toneladas de arroz donado por Alemania y Japón para las víctimas del tsunami en el sudeste asiático, donde diez miembros de su tripulación fueron tomados como rehenes.

En Argentina también hubo recientemente un caso de tentativa de piratería marítima. A fines del 2007, un buque argentino que transportaba cereales por el mar de Arabia, cercano al Golfo Pérsico, sufrió la amenaza latente de tres embarcaciones piratas que intentaron abordarlo. El capitán se comunicó con la Prefectura Naval Argentina, que avisó a otra embarcación cercana al hecho y que fue a su rescate.

Lejos de las leyendas y cuentos, la piratería sigue en crecimiento y utiliza cada vez mejores equipamientos, demostrando que el delito sigue tan vigente como en tiempos antiguos.



judith cohen sabban / dju
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