20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Prision domiciliaria para proteger a los menores

La Cámara del Crimen otorgó la prisión domiciliaria a un mujer que está embarazada y tiene tres hijos menores de edad. Para los jueces, “la permanencia de la procesada en la unidad irroga la pérdida de contacto cotidiano con sus hijos” y lleva al “desmembramiento del núcleo familiar”. En la Provincia, el Comité Contra la Tortura viene luchando para que la justicia haga lugar al mismo beneficio en favor de las internas del penal de mujeres de Los Hornos. FALLO COMPLETO

 
En autos caratulados “Estrada Mansilla, Mariana Romina s/prisión domiciliaria”, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar a un pedido de la defensa oficial y otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria a una mujer que está embarazada y tiene tres hijos menores de edad, uno de los cuales está alojado con ella en la Unidad 31 del Servicio Penitenciario Federal.

Para así decidir, los jueces Alberto Seijas, Mariano González Palazzo y Carlos González priorizaron el nivel superior del niño, consagrado por los pactos internacionales que tienen rango constitucional en el ordenamiento legal.

En el fallo, el tribunal sostuvo que “la permanencia de la procesada en la unidad irroga la pérdida de contacto cotidiano con sus hijos de corta edad sumándosele, en caso de permanecer allí luego de dar a luz, la separación del recién nacido de sus hermanos, con el consecuente desmembramiento del núcleo familiar”. Mientras que también se tuvo en cuenta que la hija menor estaba por cumplir cuatro años e iba a tener que ser institucionalizada.

La imputada se encuentra con procesamiento firme acusada del delito de hurto en grado de tentativa, en calidad de coautora. La mujer tiene 27 años, se encuentra embarazada, padece HIV y es madre de tres chicos de tres, cuatro y diez años, en tanto que el padre de ellos también se encuentra privado de su libertad por la misma causa, por lo que debieron quedar bajo la custodia de sus abuelos.

En función de esas particularidades, la cámara se convenció que permitir que la detención continúe siendo domiciliaria es la solución “que mejor se compadece con la corta edad de los niños implicados – cuyo interés superior corresponde priorizar – y mejor concilia los derechos de los infantes, las facultades y obligaciones que como madre tiene”.

El arresto domiciliario le había sido denegado a la procesada por el juzgado Correccional N° 4 y el caso llegó a la cámara por el recurso de apelación interpuesto por la defensora oficial.

En cuanto sustento en el derecho de la resolución, la cámara entendió que resulta aplicable analógicamente al caso el artículo 495 Código Procesal Penal, que establece que la penal de prisión puede ser diferida cuando deba cumplirla una mujer embarazada, y la ley 24.660, que en su artículo 33 reconoce la detención domiciliaria.

La semana pasada, el Comité Contra la Tortura bonaerense denunció que en la Provincia hay varios jueces que se niegan a otorgar ese beneficio a las mujeres embarazadas o que conviven con sus hijos menores a pesar de que el Ejecutivo apoyó la concesión de esas medidas con la compra de mil pulseras magnéticas para supervisar el arresto domiciliario.

En el penal de Los Hornos, donde se encuentran las mujeres en la misma situación que el caso de autos, actualmente hay 76 procesadas que en estado de gravidez o conviviendo con sus hijos, el 90 por ciento de ellas por delitos no violentos.

dju / dju
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